Mandan identificar a los guardias civiles que estaban en el Tarajal la mañana de la tragedia del 6-F

Mandan identificar a los guardias civiles que estaban en el Tarajal la mañana de la tragedia del 6-F

- La Audiencia Provincial ordena a la titular del Juzgado de Instrucción número 6 que tome declaración a 'Ca-Minando Fronteras' sobre "la detención de las personas heridas y la identificación de fallecidos"

- El auto estima, contra el criterio de juez de Instrucción y Fiscalía, que las diligencias pedidas por una oenegé "pudieran ser útiles para el esclarecimiento de los hechos investigados"


La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha estimado el recurso presentado a finales de marzo por la Asociación Coordinadora de Barrios para el seguimiento de Menores y Jóvenes y ha ordenado al Juzgado de Instrucción número 6 de la ciudad, el que dirige las diligencias sobre la tragedia que la mañana del 6 de febrero se cobró la vida de 15 migrantes en el Tarajal, que dé los pasos propuestos por la entidad recurrente.

Se trata de "identificar a los agentes participantes en las operaciones del 6 de febrero", incluyendo los pertenecientes a GRS, GEAS y Servicio Marítimo, "con expresión de las horas de servicio, categoría, funciones, órdenes de servicio y registro de operaciones".

El Juzgado también tiene que conocer el inventario del material entregado a los guardias para contener el salto de los subsaharianos y la relación de embarcaciones y equipos marítimos que participaron en los hechos, así como "archivos generales de registro de operaciones", "registro de geoposicionamiento incluyendo fecha y hora", "sonido del puente", "registro de comunicaciones", "datos del radar" y órdenes "al timón y a la máquina y sus reacciones".

Igualmente el Juzgado debe aceptar la pericial practicada por una doctora en suelo marroquí a los migrantes "lesionados en el intento de entrada a Ceuta" y tomar declaración a una investigadora del colectivo 'Ca-Minando Fronteras' sobre "la detención de las personas heridas y la identificación de fallecidos".

La instructora había rechazado, con el apoyo de la Fiscalía, la práctica de esas diligencias de investigación por "impertinentes" y porque las razones que justificaban su solicitud "no resultan razonables ni conformes con las exigencias constitucionales ni legales".

La Audiencia opina, sin embargo, en un auto al que ha tenido acceso Ceutaldia.com, que "si bien es sabido que el derecho a la prueba no es absoluto ni incondicionado" también es cierto que esas diligencias "pudieran ser útiles para el esclarecimiento de los hechos investigados" y que "en ningún caso se consideran dilatorias ni abusivas, ni su posible práctica nos muestra un índice de dificultad que pueda entorpecer el desarrollo y la buena marcha de la instrucción".

El único obstáculo que aprecia la Audiencia es que la obtención de datos de la Guardia Civil "se viera en conflicto con la función jurisdiccional y los derechos ejercitables en el proceso, por una parte, y la seguridad del Estado amparada por un hipotético secreto, por otro, en cuyo caso deberá informarse así por la autoridad requerida a fin de que la instructora resuelva lo que estime procedente".

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