DILIGENCIAS

El MECD se persona en la causa por presuntos abusos a menores en el interior de un colegio

El MECD se persona en la causa por presuntos abusos a menores en el interior de un colegio
Vista nocturna de los Juzgados
Imagen de los Juzgados.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD) ha decidido personarse en la causa abierta el pasado mes de marzo contra J.A.G., el varón de 51 años que permanece en prisión provisional desde entonces tras ser detenido por presuntos abusos sexuales a menores después ser denunciado por unos vecinos como presunto autor de tocamientos a una niña escolarizada en el mismo colegio público, el CEIP Lope de Vega, en el que el reo trabajaba desde principios de curso como empleado de mantenimiento en el marco del Plan de Empleo de la Ciudad Autónoma y donde hasta una decena de menores más han asegurado haber padecido tocamientos parecidos.

Según fuentes del Ministerio, el MECD no quiere dar una imagen “de perfil” en un caso de esta naturaleza, por lo que ha decidido, de acuerdo con sus Servicios Jurídicos, “tomar la iniciativa” y personarse en las diligencias que instruye el Juzgado número 2 de Ceuta, que está intentando determinar a qué Administración correspondería dirigir una hipotética petición de responsabilidad civil subsidiaria en caso de que el investigado resultase condenado y no pudiese hacer frente al pago de la indemnización que correspondiese.

La juez instructora mandó la entrada en prisión del acusado por un presunto delito continuado de abuso sexual a menores de 16 años. Por uno de los casos se enfrenta a hasta doce años de cárcel y a seis más por cada uno de los otros nueve, un total de 66.

Durante su declaración en sede judicial el detenido negó los hechos que se le atribuyen en forma de tocamientos. Una denuncia la atribuyó a sus “malas relaciones” con los padres de una niña y para las otras nueve dijo no tener “explicación” alguna. Hasta la fecha ya se ha tomado declaración (y grabado para, en la medida de lo posible, evitar la repetición de las testificales en la vista oral) a las menores presuntas víctimas.

En el procedimiento penal español la personación se define como aquel acto procesal en virtud del cual quien tiene un interés directo o indirecto accede en calidad de parte para ejercitar sus derechos. Los perjudicados por un delito pueden mostrarse parte antes del trámite de calificación y ejercitar acciones civiles o penales sin retrocede

r en el curso de las actuaciones.Cabe la posibilidad de que el perjudicado que se persone en la causa lo sea exclusivamente debido a su interés en ejercer acciones civiles. Lo que no puede una persona física o jurídica, de conformidad con el Supremo, es compaginar los papeles de perjudicada y responsable civil subsidiario “en virtud del carácter de tal cualidad de la responsabilidad”.

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