Un menor, condenado a un año y 9 meses de internamiento por atacar a dos docentes del IES Almina


Un menor, condenado a un año y 9 meses de internamiento por atacar a dos docentes del IES Almina

- El Juzgado considera al joven autor de una falta de hurto en grado de tentativa, un delito de atentado y una falta de lesiones

- “Hoy en día el bien jurídico protegido, más que el tradicional principio de autoridad, lo constituye la garantía del buen funcionamiento de los servicios y funciones públicas", razona la sentencia

El Juzgado de Menores número 1 de Ceuta ha condenado al menor de edad estudiante del IES Almina que el pasado mes de marzo lanzó una grapadora a un docente que terminó alcanzando a otro profesor en el cuello a una pena de internamiento en régimen cerrado de un año y 9 meses, los doce primeros de internamiento y los siguientes “de libertad vigilada”.

Según la sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso Ceutaldia.com, el joven fue autor de una falta de hurto en grado de tentativa, un delito de atentado y una falta de lesiones, infracciones penales tipificadas en los artículos 623, 15, 16, 550, 551.1 y 617.1 del Código Penal. El alumno tendrá, además, que indemnizar de forma solidaria con sus padres a la docente agredida por un importe superior a 470 euros.

Entre los hechos que se dan por probados figura que el día de autos, el pasado 24 de marzo, uno de los dos profesores involucrados en el suceso acudió a impartir clase con una mochila en la que guardaba su pasaporte. Diez minutos antes del final de la sesión lectiva, el condenado se levantó sin permiso y se puso a hablar con una compañera sentada en primera fila mientras el docente estaba al fondo del aula corrigiendo trabajos.

“Con disimulo, sin que conste que usara de fuerza en las cosas ni de violencia o intimidación en las personas, con ánimo de obtención de lucro ilícito, [el menor] abrió la cremallera de la pequeña mochila propiedad del profesor que estaba sobre la mesa, de la que extrajo el pasaporte”, refiere la sentencia, que detalla que al ser recriminado el estudiante contestó en árabe ‘me cago en la religión de tu madre, me cago en el coño de tu madre’, por lo que fue expulsado y enviado a la Dirección del centro. Al término de la clase el docente se encaminó también a esas dependencias. Allí el menor “acercó su cara a la cara del profesor” y “con total desprecio de la autoridad que representa, [...] le cogió por el jersey a la altura de su cuello, lo zarandeó y le dio golpes y patadas”.

El docente consiguió librarse del estudiante, que se dirigió corriendo a la ventanilla de Conserjería y le lanzó “con fuerza” una grapadora a su cara que el profesor consiguió esquivar agachándose pero que impactó contra otra profesora.

En la pena sancionada por el Juzgado sobre el condenado (que ya lo había sido en firme por la comisión de un delito de contra la seguridad vial, uno de robo-hurto de uso de vehículo y otro de robo con violencia o intimidación) se tiene en cuenta que actuó con “clara intención subjetiva de atentar contra la garantía del buen funcionamiento de los servicios y funciones públicas y el principio de autoridad”.

En ese sentido, la sentencia recuerda que “hoy en día el bien jurídico protegido, más que el tradicional principio de autoridad, lo constituye la garantía del buen funcionamiento de los servicios y funciones públicas, siendo el ánimo o propósito específico de la ofensa exigible”.

“Ninguna ofrece”, por tanto, que la agresión debe considerarse en el tipo penal de atentado porque “las dos ideas nucleares del concepto de funcionario público son, desde la perspectiva penal: a) que existe un concepto propio del orden penal más amplio que el operativo en la esfera administrativa, y b) que lo que define la condición de funcionario es la participación en funciones públicas”. “De ello”, a ojos del juez de Menores, “se deriva que es funcionario público tanto el de plantilla como el temporal o interino y que lo relevante es, en definitiva, que dicha persona esté al servicio de entes públicos, con sometimiento de su actividad al control del Derecho administrativo y ejerciendo una actuación propia de la Administración Pública”.

Delito de atentado y no falta de lesiones

La defensa alegó que el primer docente atacado, que renunció a emprender acciones civiles, “no estaba en el ejercicio de su cargo” cuando se produjo la agresión pero para el Juzgado “no solo estaba dentro del aula primero y luego en la Jefatura de Estudios, sino que estaba tratando de mantener el orden y la disciplina en relación con uno de sus alumnos, es decir, tratando de garantizar el buen funcionamiento de los servicios y funciones públicas educativas”. “Es el ataque en la forma dicha a tal ejercicio”, concluye, el que se castiga como delito de atentado” y no como falta de lesiones.

La segunda parte del altercado, el lanzamiento de la grapadora que alcanzó a la docente, se considera falta de lesiones pero “la responsabilidad del actor no sufre alteración por haber recaído el mal en persona distinta de aquella a quien el procesado tuvo intención de causarlo, estimando que tanto el error en la persona como en el golpe, dado que el Código Penal no individualiza el objeto de protección, castigando al que causare a otro una lesión y no a una persona determinada, es de naturaleza accidental y no altera la calificación jurídica del hecho”.

A la hora de ponderar la pena la sentencia valora sus antecedentes, que el menor vive en una barriada “socialmente conflictiva” y que sus progenitores le imponen “escasas normas que se limitan al cumplimiento de horarios, pero nada en lo relativo a los estudios, o a las actividades que realice fuera del domicilio, mostrando total protección y justificación de las conductas de su hijo”. “No reconociendo en ningún momento su responsabilidad clara, lo que hace que sus necesidades reeducativas sean mayores”, el Juzgado le impone el internamiento en régimen cerrado, “la más restrictiva posible”, revisable “conforme a la evolución del menor y consecución o no de los objetivos que se fijen”.

Un menor, condenado a un año y 9 meses de internamiento por atacar a dos docentes del IES Almina


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