Prohíben a una maestra del San Agustín acercarse a menos de 100 metros de varios alumnos de 3 años


Prohíben a una maestra del San Agustín acercarse a menos de 100 metros de varios alumnos de 3 años

- La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 dicta una orden de alejamiento al estimar que “existen indicios racionales de la comisión de un delito de maltrato habitual"

- Las diligencias practicadas apuntan que meter a un niño en un cubo de basura era un método de castigo y que la denunciada también lo ataba a una silla de paseo de bebé, así como otros "tratos  humillantes o degradantes"

- El centro se limitó a hacer "un apercibimiento verbal" y que incluso "mintió"  a la Inspección, que opina que quiso "proteger" a la docente 

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ceuta ha prohibido a una docente del Colegio Concertado San Agustín acercarse a menos de 100 metros de siete alumnos de 3 años de ese centro educativo al estimar que, de las diligencias practicadas hasta ahora en el procedimiento iniciado por las denuncias y quejas de sus familias, se deducen "indicios racionales de la comisión de un delito de maltrato habitual hacia los menores a los cuales imparte clase y de un delito de contra la integridad moral”.

La medida cautelar de alejamiento de carácter penal dictada se justifica en que “existe una situación objetiva de riesgo” para las víctimas que hace “necesaria” su adopción “mientras que se esté tramitando el presente procedimiento hasta su finalización mediante resolución”, según la documentación a la que ha tenido acceso Ceutaldia.com. Tanto el centro educativo como todas las familias contactadas por este medio han optado por no hacer ninguna declaración sobre el caso.

La maestra, cuya identidad responde a las iniciales A. G., no podrá aproximarse a los domicilios de los menores ni a su centro escolar o a “cualquier otro lugar donde se encuentren”. También le queda prohibido comunicarse con ellos “directa o indirectamente, por cualquier medio de comunicación o informático o telemático, contacto escrito o visual, con apercibimiento expreso de que el incumplimiento de esta medida podría aparejarle incurrir en responsabilidad criminal por delito de quebrantamiento de medida de seguridad, con excepción de las ocasiones en que tenga que coincidir en sede judicial para la práctica de diligencias civiles o penales”.

La Justicia investiga la comisión de “tratos degradantes”, en concreto supuestos “maltratos físicos y psicológicos” a varios alumnos de 3 años del Colegio San Agustín después de que la madre de uno de ellos presentase una denuncia ante el Juzgado de Guardia.

“Todas” las testificales han coincidido, por ejemplo, en que un niño era introducido “en un cubo de basura donde únicamente se le veía la cabeza y del que los menores no pueden entrar ni salir sin ayuda de un adulto”. “Existen indicios para considerar que este ha sido un método habitual de castigo hasta fechas recientes”, refiere la juez ("el propio menor ha asumido que ese es su sitio") pese a que la denunciada ha reconocido haberlo hecho solo una vez. Además, ese mismo niño era “atado a una silla de paseo de bebé con sus sujeciones propias”, hecho este “igualmente reconocido no solo en la exploración de los menores por parte del Equipo Psicosocial y las declaraciones de las madres y los padres sino por la propia imputada, la Dirección del centro y diversos docentes".

En la orden de alejamiento se alude a otros “tratos humillantes o degradantes” como “insultar” a los menores “llamándoles tontos, llorones o basura”, un comportamiento que se tacha de “a todas luces incorrecto”. “Llegó a amenazar a uno con introducirle en el cubo de la basura si volvía a vomitar el desayuno, llegando el menor a tener miedo de desayunar”, añade.

“El hecho de que un menor de tres años no perciba mencionada realidad no justifica tal comportamiento sino que, por el contrario, es necesario otorgarles una especial protección con el fin de no vulnerar su desarrollo moral adecuado”, argumenta la juez.

El colegio habría querido "proteger" a la denunciada

La imputada ha negado el uso de “agresiones físicas” como azotes en el culo y tirones de pelo u orejas como “método sancionador” pero los niños han afirmado lo contrario llegando a decir que eran “fuertes” a quienes “se portan mal”. Una técnico de apoyo también ha apuntado en sede judicial que es “habitual” que la denunciada “emplee el castigo físico como método correctivo o sancionador”.

La juez deja constancia en su resolución que el Colegio San Agustín “se limitó a realizar un apercibimiento verbal” a la docente pese a ser “conocedor” del incidente del cubo de basura y de haberlo considerado “un hecho muy grave”. Más aún, “no comunicó” el suceso a la Inspección Educativa, “llegando incluso a negarlo cuando fueron preguntados expresamente”, y mostrando “extrañeza o sorpresa por el hecho de que hubiera más quejas” cuando “sabían” que existían.

La inspectora del centro ha declarado que opina que el colegio ha incurrido en “omisiones importantes” para “proteger a la profesora”; que “mintió” en “aspectos básicos o esenciales como el cubo de basura” y que facilitó “información sesgada” o parcial.

Prohíben a una maestra del San Agustín acercarse a menos de 100 metros de varios alumnos de 3 años


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