RESIDENCIA

El TSJA estima que Hacienda debe probar que un contribuyente no vive en Ceuta si trabaja aquí

El TSJA estima que Hacienda debe probar que un contribuyente no vive en Ceuta si trabaja aquí
agencia tributaria
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado en favor de un contribuyente, un guardia civil en este caso al que se le revisaron tres ejercicios fiscales, concretamente los de 2010, 2011 y 2012, partiendo de que supuestamente no residía en la ciudad como es debido para aprovecharse de todas las ventajas fiscales locales.

El contribuyente obtuvo una respuesta negativa desde la Agencia Tributaria, que según la asociación Afectados por Hacienda "llegó incluso a sancionarle", y desde el Tribunal Económico Administrativo respecto a tres ejercicios fiscales respecto a su residencia. En síntesis, ambas administraciones se basaban en el hecho de que el contribuyente se había aplicado una deducción por vivienda habitual en Algeciras, donde viven su mujer e hijos.

La sentencia, la quinta del mismo tenor, considera que “acreditada la condición de Guardia Civil con destino en Ceuta, lo que ha de presumirse es su residencia en Ceuta, y ello desplaza la carga de la prueba hacia la Administración que ha de acreditar que el actor no reside habitualmente en Ceuta”. Para la asociación "esta tesis vuelve a reiterar que el contribuyente que posea alguna presunción legal desplaza la carga de la prueba en contra de la Agencia Tributaria" pero esta "sigue sin abrir el recurso de revisión de oficio para compensar a tantas familias en idéntica situación que se han visto perjudicadas por una actuación administrativa imprudente, dolosa y dañina".  

A su juicio "la falta de objetividad por el inmerecido plus que reciben ciertos funcionarios por condenar a ciudadanos injustamente junto a la falta de reparación del daño causado al no activar el recurso de revisión de oficio, nos lleva a la conclusión de que determinados funcionarios públicos siguen trabajando en su interés propio y abandonando el interés general por completo, ya que se causa daño y no se repara".

El TSJA distingue entre vivienda habitual y residencia habitual, términos "que con excesiva frecuencia confunden los responsables de la Agencia Tributaria para perjudicar al contribuyente", y razona que "los indicios con los que cuenta [Hacienda] son insuficientes, ya que es el propio actor el que reconoce que tiene una casa en Algeciras, donde residen su mujer e hijos, hasta el punto de que pretende la deducción por vivienda habitual pero no porque resida en ella habitualmente, sino por el hecho de que lo haga su familia”

A ojos de Afectados por Hacienda "se trata de un supuesto en el que el contribuyente ha señalado como vivienda habitual la vivienda en la vive su familia, no siendo este dato suficiente para negar la residencia en Ceuta". "Sin embargo", ha lamentado, "tenemos casos en los que la vivienda habitual y la residencia habitual coinciden en Ceuta o Melilla, trabajan y viven en estas ciudades y han sido repetidamente condenados sin que se haya reparado el daño causado".

La Administración ha resultado igualmente condenada en costas hasta un límite de 600 euros "que tendremos que pagar todos los contribuyentes por la mala praxis seguida por los órganos administrativos actuantes". Afectados por Hacienda ([email protected]) pide que esas costas "sean sufragadas por los responsables de la actuación tributaria, y no por el conjunto de los ciudadanos" y que los pluses de productividad cobrados por los funcionarios que resolvieron en contra del contribuyente "sean devueltos con intereses".

También a instado a la Fiscalía a "profundizar e investigar la problemática creada por un responsable concreto", ya que "no es una posición honrada ponerse sistemáticamente en favor del fuerte en lugar de proteger al débil, máxime cuando median denuncias penales por temas similares y su función es velar por la legalidad y el interés público, no proteger a un determinado funcionario que causa daños masivos en un interés particular y que, además, no repara".

La asociación alude al jefe de la Dependencia de Gestión Tributaria de Ceuta, contra el que hay abiertas cuatro causas penales por presunta prevaricación administrativa. La Abogacía del Estado le ampara porque estima que solo hace su trabajo y que las denuncias son "un instrumento puesto al servicio de una campaña de presión, cuyo corolario ha sido la creación de una asociación de afectados, contra la Agencia Tributaria". "Se trata de una huida hacia delante, posiblemente propiciado por la resistencia de las personas que la integran a admitir que han venido incumpliendo sistemáticamente la Ley", algo "especialmente preocupante cuando los sujetos que están realizando estas 'trampas' tributarias son funcionarios que pierden su legitimación para hacer cumplir las leyes si ellos mismos las incumplen".

El TSJA estima que Hacienda debe probar que un contribuyente no vive en Ceuta si trabaja aquí


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