"IGUALDAD DE ARMAS"

Varias defensas recurren la prórroga concedida a la Fiscalía para acusar en el 'caso Emvicesa'

Varias defensas recurren la prórroga concedida a la Fiscalía para acusar en el 'caso Emvicesa'
justicia jueces tribunales
Imagen de recurso.
Los letrados de varios investigados estiman que “ampliar el plazo para presentar el escrito de acusación por pare del Ministerio Público en tres meses pone en tela de juicio el principio de igualdad de armas de las partes como pilar esencial de nuestro ordenamiento jurídico". A su juicio tendría que haber presentado la calificación en los diez días en los que lo hizo la particular y, si no, pedir prórroga antes de ser conminada a hacerlo.

Las defensas de varios investigados en el 'caso Emvicesa' han recurrido ya ante la Audiencia Provincial en vía de apelación el plazo extra de tres meses que la semana pasada concedió el juez instructor de la causa a la Fiscalía para presentar su escrito de acusación, que entienden debería haber formulado durante el plazo común ordinario de 10 días a partir del 11 de junio, cuando el magistrado instó a hacerlo, como la acusación particular, o en el peor de los casos pidiendo formalmente una prórroga en ese periodo, no a posteriori y previo requerimiento.

En los escritos a los que ha tenido acceso Ceutaldia.com se argumenta que “ampliar el plazo para presentar el escrito de acusación por pare del Ministerio Público en tres meses más viene a romper y a poner en tela de juicio el principio de igualdad de armas de las partes como pilar esencial de nuestro ordenamiento jurídico y como garantía del justiciable y amparado en diferentes resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”.

Una de las defensas considera que, aunque sea ciclópea, la Fiscalía debía saber la tarea a la que se enfrentaría si la Audiencia, como hizo a finales de mayo, finiquitaba la instrucción y embocaba la causa hacia juicio oral. También que darle tres meses adicionales “vulnera  el  principio  de legalidad, el  de  igualdad  entre  las  partes  del  proceso  (acusación  y defensa); y, en definitiva, el de presunción de inocencia”.

“Ampliar el plazo para presentar el escrito de acusación por pare del Ministerio Público en tres meses más viene a romper y a poner en tela de juicio el principio de igualdad de armas de las partes como pilar esencial de nuestro ordenamiento jurídico"

“Si bien es cierto que la causa es compleja debido a la cantidad de investigados que hay en la misma [más de medio centenar por presuntos delitos de prevaricación, organización criminal, cohecho, blanqueo de capitales, falsedad documental, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos] y la cantidad de documentación, que grosso modo es la aportada por las partes, más las testificales e informes de la Policía Judicial, era una situación previsible que se conocía con anterioridad al trámite de la calificación provisional y no ha sido una situación no prevista ni sorpresiva”, advierte un recurso.

“Entendemos que el plazo de calificación es improrrogable y que el auto que habilita dicha prórroga es nulo, no ya solo por aceptar sus motivaciones sino por la prórroga de 3 meses, que llega a chocar con la prescripción sobre evitación de  dilaciones indebidas”, añade una defensa que subraya que “habiendo otra calificación provisional en autos” que sí se presentó en plazo, la particular que agrupa a un grupo de personas que apareció en la ‘lista fantasma’ y no obtuvo casa en Loma Colmenar, “lo lógico es continuar con las actuaciones sin perjuicio de formular en fase de plenario el Ministerio Público la calificación definitiva en momento procesal oportuno”.

“Preclusión del plazo”

Otro recurso considera que los motivos expuestos por la Fiscalía para solicitar  “de  forma  extemporánea”  una  prórroga  de  tres  meses  para  presentar  el escrito de acusación “no son admisibles”, entre otras cosas porque “la  instrucción  de  la  causa  ha  durado  cinco años  durante  los  que ha tenido tiempo de evacuar  consultas a Fiscalías especializadas si lo consideraba necesario”.

“Si entendiéramos como una obligación del Ministerio Fiscal el formular acusación podría llegarse al absurdo de que, por la misma causa, no pudiera permitírsele no acusar a un investigado o retirar su acusación a un acusado”

“Las consecuencias de no solicitar en tiempo y forma prórroga para presentar el escrito de acusación y la de su no presentación no puede ser otra que la preclusión del plazo”, coincide con la otra defensa.

“Si entendiéramos como una obligación del Ministerio Fiscal el formular acusación, por un lado estaríamos desnaturalizando los propios fundamentos de dicha institución tal y como ha sido concebida en la Constitución, en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en las Leyes procesales y en el propio Estatuto Orgánico que regula su funcionamiento; y por otro lado podría llegarse al absurdo de que, por la misma causa, no pudiera permitírsele no acusar a un investigado o retirar su acusación a un acusado”, añade.

La Fiscalía apela a su condición de "parte necesaria" en el procedimiento para no sentirse constreñida por el plazo ordinario, pero algunas defensas ven en el asunto enjundia para que el Constitucional se pronuncie sobre la cuestión a la hora de dirimir si puede acusar todavía o solo adherirse a la posición de la particular, un grupo de personas incluidas en la 'lista fantasma' de las 317 VPO que no consiguieron casa, en la que se ven debilidades para sostenerse, con lo que toda la causa podría decaer si se aplicase la 'Doctrina Botín'.

Varias defensas recurren la prórroga concedida a la Fiscalía para acusar en el 'caso Emvicesa'


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