'CASO EMVICESA'

Antonio López lo niega todo

Antonio López lo niega todo
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López, a su salida de la Jefatura Superior.
El escrito de conclusiones provisionales de la defensa del principal acusado en el 'caso Emvicesa' afirma que en el ejercicio de sus cargos, "en la medida de sus posibilidades, ofreció ayuda y colaboración y facilitó información de los trámites para agilización y estimación de sus solicitudes sin que nunca solicitara o recibiera ninguna dádiva, recompensa o pago por ello”. Pide su absolución y anuncia que recusará a la Sección VI de la Audiencia.

La defensa de Antonio López, como Sabina, lo niega todo. La prevaricación continuada y la falsedad de documentos en concepto de autor e inductor, el cohecho continuado y lo de promotor y director de organización criminal y blanqueo continuado de capitales, los delitos por los que la Fiscalía pide para él 26 años de cárcel con penas accesorias de multa de 5,9 millones de euros e inhabilitación por una década en el 'caso Emvicesa'.

Ni ángel con alas negras ni adjudicador de viviendas a cambio de dinero. Según sus abogados, el exgerente de la sociedad municipal se dedicaba, “entre otras funciones y actividades", a "relacionarse diariamente con ciudadanos particulares, trabajadores de la entidad, miembros de la Comisión Local de la Vivienda y de las distintas Consejerías implicadas en políticas sociales o de ayuda, incluyendo sus titulares e incluso con el presidente de la Ciudad y del Consejo de Administración”.

“De todos ellos recibía”, asegura en su escrito de conclusiones provisionales, “numerosas alertas e informaciones, referencias y peticiones de ayuda para colectivos, familias e individuos marginados, en riesgo de exclusión social, necesitados y merecedores de ayudas públicas”, pero “en todos los casos, en la medida de sus posibilidades, ofreció ayuda y colaboración y facilitó información de los trámites necesarios para agilización y estimación de sus solicitudes sin que nunca solicitara o recibiera ninguna dádiva, recompensa o pago por ello”.

López lo niega todo y sus abogados, que entre otros llaman a declarar al exconsejero Francisco Márquez, defienden que “carecía de facultades, conocimientos y recursos”. También que “nunca elaboró ningún documento de los expedientes ni dio indicación alguna sobre cómo debían redactarse, ni por idéntica razón tenía potestades de decisión, por lo que nunca dictó resolución administrativa en ninguno de los expedientes ni indicó a las autoridades competentes que las dictaran en uno u otro sentido”.

“Como viceconsejero de Fomento llegó a firmar unos contratos, no ratificados por la contraparte que por tanto nunca llegaron a tener eficacia jurídica y todo su patrimonio tiene origen lícito y conocido”, añaden sus representantes legales, que reclaman para él su absolución inmediata por defectos incorregibles, a su juicio, en el auto de apertura de juicio oral.

Tal y como desgranan, “en este excepcional caso quedó comprometido el derecho a no someterse a acusaciones infundadas y el de defensa del artículo 24.2 de la Constitución por la resolución que abrió el juicio oral contra él dando curso a escritos de acusación que carecen de la concreción o precisión mínima necesaria”. En consecuencia, “el efecto procesal de la nulidad del auto de apertura del juicio oral sólo puede ser el archivo”.

Desde su punto de vista la Fiscalía “no solo utiliza reiteradamente expresiones abiertas sin contenido concreto, vagas, abstractas e imprecisas (“articuló un sistema”, “procedimiento teledirigido y torticero”, “se valió de una estructura”), sino que alude a actos o hechos sin determinación de tiempo y espacio (“en un momento no determinado”) o incluso acciones tan concretas como entregas de dinero, pero sin conocer la cantidad (“entregó una cantidad de dinero no determinada”)”.

lopez fatima pleno

También alerta de que el Ministerio Fiscal “incluye la afirmación de la existencia de ingresos en efectivo en cuentas bancarias en la relevante cuantía de 1,9 millones sin identificar documentalmente los mismos” a pesar de que “en sus cuentas bancarias constan ingresos en efectivo por cuantía total de 15.000 euros”.

“En el caso de la acusación formulada por ‘organización criminal’ –figura delictiva aplicada a mafias rusas, cárteles de narcotraficantes colombianos, etcétera– no es posible encontrar apenas referencia a algún contacto o relación distinta de la propia de las sociales o las de compartir trabajo en Emvicesa, ni es posible identificar en el relato acusador cómo quedó afectado el bien jurídico”, añade.

Ni rey de los suburbios ni flor del precipicio. De acuerdo con la versión de sus abogados, "las funciones y responsabilidades" de López, "su militancia política, su personal implicación en la ayuda social, su perfil personal, abierto y servicial, sus apariciones en los medios de comunicación,  le convertían en una persona conocida (y querida) lo que le hacía mantener numerosas comunicaciones, contactos, citas y las más diversas relaciones con vecinos de la ciudad y con todo tipo de cargos institucionales", pero sin someter a los políticos o empleados públicos acusados a sometimiento alguno.

Acusaciones "imprecisas, vagas e insuficientes"

En conclusión, los abogados de López entienden que “tales acusaciones, por imprecisas, vagas e insuficientes, nunca debieron superar el filtro del auto de apertura del juicio que, por ello, basado en las mismas, lesiona el derecho a no someterse a acusaciones infundadas y el derecho de defensa, por lo que debe ser declarado nulo”.

“En otro caso”, advierte, “la vista oral pudiera nacer viciada de nulidad o dar lugar a una subsanación extemporánea de las acusaciones”. “Tampoco el Tribunal, ni en las sesiones del juicio, ni en la sentencia final podrían ‘arreglar’, integrar, completar o determinar un objeto de enjuiciamiento que, sin una acusación mínimamente concreta, no existe”, concluye el escrito.

lopez mira movil pleno

López lo niega todo y asevera que siempre fue un mandado: "En el ejercicio de sus funciones siguió siempre las directrices e instrucciones recibidas de sus superiores jerárquicos", concretamente de "el presidente de la Ciudad por ser presidente de la Junta General de Emvicesa, del presidente del Consejo de Administración de la sociedad y del consejero de turno que tuviese las facultades delegadas en cada momento", así como "con el asesoramiento de dos juristas de larga experiencia y reconocida especialización".

El texto, que augura recusación de los magistrados de la Sección VI si no se inhiben, también acude a la “doctrina del árbol envenenado” al considerar que la “primera noticia” que se tuvo de los hechos investigados sobre una presunta adjudicación irregular de viviendas protegidas en la ciudad llegó a través de una escucha telefónica en forma de “un hallazgo casual en una intervención que no fue comunicada a la autoridad judicial para convalidación y, en todo caso, desproporcionada”.

Según la defensa, López "nunca solicitó ni recibió ni directamente ni a través de personas interpuestas cantidad alguna de dinero efectivo"

“Si aquella noticia fuera la primera y la falta de convalidación judicial del hallazgo casual la viciara de nulidad, debería proyectarse la misma sobre todas aquellas actuaciones derivadas de la misma”, avisa.
Desde su punto de vista, “la alteración del Juzgado competente [entre los titulares de los números 2 y 3 de la ciudad] pudiera tener una relevancia crucial”, ya que la misma “habría servido para soslayar, mediante una artificiosa autoatribución de competencia, tal consecuencia”.

“El juez natural fue alterado, pues la (recusada) titular del número 3, tras constatar la existencia de las diligencias anteriores, con una artificiosa y aparente fundamentación requirió de inhibición al Juzgado de Instrucción número 2 y ella misma, ahora como juez de Instrucción de ese, se autoaceptó la inhibición por auto firmado por ella misma”, se recuerda en el escrito presentado.

Ni quemó sus naves ni tiene por qué pedir perdón. Según su defensa "nunca solicitó ni recibió ni directamente ni a través de personas interpuestas cantidad alguna de dinero efectivo", y si hizo dinero fue "como fruto de sus actividades profesionales", con las que "obtuvo unos primeros ahorros que le permitieron afrontar sus primeras inversiones exitosas que no han sido tenidas en consideración en los informes patrimoniales policiales".

Antonio López lo niega todo


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