La Ciudad pagará los máximos legales en caso de incapacidades temporales por enfermedad


La Ciudad pagará los máximos legales en caso de incapacidades temporales por enfermedad

- Habrá un complemento retributivo del 50% en los tres primeros días de baja que se añadirá a la aportación de la Seguridad Social, y de un 75 % del sueldo entre el cuarto y el vigésimo día

- La Ciudad completará la aportación de la Seguridad Social hasta el 100% del salario a partir del vigésimo primer día de baja

La Ciudad Autónoma completará el sueldo de los funcionarios y del personal laboral en el caso de incapacidad temporal con los mismos porcentajes de aportación que los establecidos por el Gobierno central en el Real Decreto-Ley 20/2012, según el acuerdo alcanzado con la parte social por la Consejería competente en materia de Recursos Humanos, que lleva las aportaciones de la Administración a los máximos legales establecidos.

De este modo, los casos de incapacidad temporal tendrán un complemento retributivo de la Ciudad del 50% en los tres primeros días de baja que se añadirá a la aportación de la Seguridad Social, y de un 75 % del sueldo entre el cuarto y el vigésimo día.

La Ciudad completará la aportación de la Seguridad Social hasta el 100% del salario a partir del vigésimo primer día de baja, según ha detallado el portavoz del Gobierno local, Guillermo Martínez, en declaraciones a los medios.

Estos porcentajes son iguales a los establecidos por el Gobierno central en la disposición adicional decimoctava del Real Decreto-Ley, que marca además que las situaciones de incapacidad temporal que tengan como causa una contingencia profesional serán cubiertas con un complemento del 100% de las retribuciones totales percibidas en el mes anterior a la situación de incapacidad.

La Ciudad pagará los máximos legales en caso de incapacidades temporales por enfermedad


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