100 EUROS

La Policía Local ha puesto 30 multas al día de media desde el refuerzo del uso obligatorio de mascarilla

La Policía Local ha puesto 30 multas al día de media desde el refuerzo del uso obligatorio de mascarilla
mascarilla policía
Imagen de recurso.
Desde el jueves a primera hora de la mañana hay que llevar en la ciudad tapabocas en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquiera cerrado de uso público o que se encuentre abierto para dicha finalidad, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros, para contener la propagación del coronavirus. En solo 4 días se han formulado 112 propuestas de sanción por incumplimiento.

Los agentes de la Policía Local han puesto un total de 112 sanciones durante los primeros cuatro días completos (desde el pasado viernes a primera hora de la mañana) de vigencia del decreto del consejero de Sanidad que reforzó el uso obligatorio permanente de mascarilla en la ciudad autónoma, según los datos facilitados este martes por la Consejería de Gobernación, casi 30 de media cada 24 horas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Real Decreto legislativo 21/2020 que establece que el incumplimiento del uso permanente de la mascarilla, su no utilización se considera infracción leve y se sanciona con multa de hasta 100 euros.

Actualmente es obligatorio llevar tapabocas en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquiera cerrado de uso público o que se encuentre abierto para dicha finalidad, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros, para contener la propagación del coronavirus.

Entre el 1 de julio y el día 23 se habían puesto 179 sanciones en la ciudad por no llevar mascarilla en espacios y contextos en los que ya era obligatorio y 41 por no respetar las distancias de seguridad prescritas para evitar el contagio de la COVID-19.

El tipo de mascarilla a utilizar en cuanto se pone un pie en la calle no debe estar provista de válvula exhalatoria, salvo los usos profesionales para los que este tipo pueda estar recomendada. Asimismo, en un uso adecuado de la mascarilla, esta debe cubrir desde parte del tabique nasal y hasta la barbilla incluida.

Es obligatorio el uso de la mascarilla en todos los medios de transporte, así como en los desplazamientos en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de estos no conviven en el mismo domicilio.

En cuanto a las exenciones, lo están aquellas personas que padezcan enfermedad o dificultad respiratoria que pudiera verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para retirarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. También quienes se encuentren practicando deporte individual al aire libre, o en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando por la propia naturaleza de las actividades resulte incompatible.

Por último, se ha declarado exento el uso en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. Sí es obligatorio para paseos por la playa y piscinas.

La Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación también recomienda el uso de la mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.

La Policía Local ha puesto 30 multas al día de media desde el refuerzo del uso obligatorio de mascarilla


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