ESTUDIOS POSTOBLIGATORIOS

Todo lo que necesita saber para solicitar las becas y ayudas del Ministerio para el curso 2020-2021

Todo lo que necesita saber para solicitar las becas y ayudas del Ministerio para el curso 2020-2021
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El Boletín Oficial del Estado publicaba este fin de semana las convocatorias de becas de carácter general, así como las ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2020-2021, en ambos casos para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. 

Esto es todo lo que necesita ser para optar y solicitar estas becas del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Becas para estudiantes que en el curso académico 2020-2021, cursen enseñanzas postobligatorias

¿Quién puede solicitarlas?

Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando algunas de las siguientes enseñanzas: 

¿Qué estudios están incluidos?

Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional: 

  • Primer y segundo cursos de bachillerato. 
  • Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de formación profesional realizados en los centros docentes militares. 
  • Enseñanzas artísticas profesionales. d) Enseñanzas deportivas.
  • Enseñanzas artísticas superiores.
  • Estudios religiosos superiores. 
  • Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia. 
  • Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional. 
  • Formación Profesional básica.

Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional: 

  • Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado y de máster, incluidos los estudios de grado y máster cursados en los centros universitarios de la defensa y de la guardia civil. 
  • Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas. 
  • Complementos de formación para acceso u obtención del título de máster y créditos complementarios para la obtención del título de grado. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. 

¿Cómo solicito la beca?

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https:// sede.educacion.gob.es o en www.educacionyfp.gob.es 

Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos. 

¿Cuál es el plazo de solicitud?

  • El 15 de octubre de 2020, inclusive, para los estudiantes universitarios. 
  • El 1 de octubre de 2020, inclusive, para los estudiantes no universitarios. 

¿Cuál es la cuantía de la beca?

  • a) Beca de matrícula para estudiantes universitarios. La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2020-2021 
  • b) Cuantía fija ligada a la renta del estudiante: 1.700,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios. 
  • c) Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar: 1.600,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios 
  • d) Cuantía fija ligada a la excelencia académica: entre 50 y 125 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios. 
  • e) Beca básica para estudiantes no universitarios: 300,00 euros 
  • 2. Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros. 

¿Cómo puedo saber si me han concedido la beca?

El estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, en el apartado "Mis expedientes". Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la administración educativa o universidad correspondiente identificándose como interesados en el expediente con el NIF/NIE correspondiente. 

Además en la página web de este Ministerio www.educaciónyfp.gob.es podrá consultarse la situación de tramitación de las solicitudes en cada una de las universidades y administraciones educativas. 

Ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2020-2021, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. 

¿Cuáles son estas ayudas a alumnos con necesidades específicas?

  • a) Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta. 

  • También podrán ser beneficiarios de ayudas directas los alumnos afectados por TEA (Trastorno del espectro autista) no incluidos en el párrafo anterior y que requieran estos apoyos y atenciones educativas específicas. 
  • b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas. 
  • También podrán ser beneficiarios de subsidios los alumnos afectados por TEA (Trastorno del espectro autista), pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior 
  • c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales. 

¿Quiénes puede solicitar estas ayudas?

Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios. 

Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa. 

¿Cómo puedo solicitar estas ayudas?

Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección 

www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección https://sede.educacion.gob.es

¿Cuál es el plazo para la presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive. 

¿Cuál es la cuantía de estas ayudas?

  • Enseñanza: hasta 862,00 euros.
  • Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
  • Comedor escolar: hasta 574,00 euros. 
  • Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros. 
  • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros. 
  • Transporte urbano: hasta 308,00 euros. 
  • Libros y material didáctico: 
  • Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación para la transición a la vida adulta y Otros programas formativos de formación profesional: hasta 105,00 euros. 
  • Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros. 
  • Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913,00 euros para cada una de ellas. 

¿Cómo puedo saber si me han concedido la ayuda?

La información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse a través de la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, en el apartado "Mis expedientes". Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la provincia correspondiente identificándose como interesados en el expediente con el NIF o NIE correspondiente. 

Todo lo que necesita saber para solicitar las becas y ayudas del Ministerio para el curso 2020-2021


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