DECRETO

Sanidad refuerza el uso obligatorio de mascarilla, por cuya ausencia ya se han puesto 179 multas

Sanidad refuerza el uso obligatorio de mascarilla, por cuya ausencia ya se han puesto 179 multas
Varios policías locales, guardando un minuto de silencio frente a sus vehículos
Imagen de recurso.
El consejero de Sanidad ha publicado este viernes a primera hora el decreto que impone la utilización de tapabocas en los espacios al aire libre y en cualquiera cerrado de uso público o que se encuentre abierto para dicha finalidad, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros. Su entrada en vigor es inmediata.

El BOCCE ha publicado este viernes a primera hora de la mañana el decreto del consejero de Sanidad, Javier Guerrero, que dispone el uso obligatorio de la mascarilla para las personas mayores de seis años en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquiera cerrado de uso público o que se encuentre abierto para dicha finalidad, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros.

La norma ha entrado en vigor de inmediato y la Policía Local no va a dar ningún periodo de gracia para que la población cumpla lo dispuesto en el artículo 31.2 del Real Decreto legislativo 21/2020, que establece que el incumplimiento del uso permanente de la mascarilla será considerado infracción leve y sancionado con multa de hasta 100 euros.

Hasta ahora los agentes de la Ciudad han puesto 179 multas (con datos hasta este jueves) por no llevar mascarilla en espacios y contextos en los que ya era obligatorio y 41 por no respetar las distancias de seguridad prescritas para evitar el contagio de la COVID-19.

Tal y como se establece en el nuevo decreto, el tipo de mascarilla a utilizar en cuanto se ponga un pie en la calle no deberá estar provista de válvula exhalatoria, salvo los usos profesionales para los que este tipo pueda estar recomendada. Asimismo, en un uso adecuado de la mascarilla, esta debe cubrir desde parte del tabique nasal y hasta la barbilla incluida.

Del mismo modo, es obligatorio el uso de la mascarilla en todos los medios de transporte, así como en los desplazamientos en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de estos no conviven en el mismo domicilio.

En cuanto a las exenciones a este uso obligatorio, el decreto dispone que quedan exentos del mismo aquellas personas que padezcan enfermedad o dificultad respiratoria que pudiera verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para retirarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

También están exentos quienes se encuentren practicando deporte individual al aire libre, o en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando por la propia naturaleza de las actividades resulte incompatible.

Por último, queda exento el uso en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. Sí será obligatorio para paseos por la playa y piscinas.

La Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación también recomienda el uso de la mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.

Sanidad refuerza el uso obligatorio de mascarilla, por cuya ausencia ya se han puesto 179 multas


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