Los diputados deberán justificar previamente y por escrito su ausencia en cualquier Pleno


Los diputados deberán justificar previamente y por escrito su ausencia en cualquier Pleno

- No acudir de forma "injustificada y reiterada" a las reuniones de la Corporación, a las Comisiones o a la Junta de Portavoces conllevará la pérdida de las asignaciones establecidas

- Los parlamentarios pueden ser sancionados con multas de hasta 90 euros y suspensión de funciones de hasta dos meses

El borrador de nuevo Reglamento de la Asamblea aspira a terminar con la laxitud en lo que toca al deber de asistencia de los diputados a las sesiones del Pleno de la Asamblea, de las Comisiones de las que formen parte, y de la Junta de Portavoces, en su caso, "salvo causa justificada". Cuando entre en vigor "deberá presentarse escrito justificando la no asistencia ante la Secretaría de la Asamblea, con anterioridad a la celebración del siguiente Pleno Ordinario".

Hasta ahora basta con "solicitar al presidente de la Asamblea que disculpe su no asistencia a una o varias sesiones por causas justificada".

La ausencia "injustificada y reiterada" de un diputado producirá la "pérdida" de la asignación económica que, a modo de indemnización, reciben todos los electos salvo los miembros del Gobierno y los integrantes de la Mesa Rectora y que ronda los 1.300 euros mensuales (unos 500 más en el caso de los portavoces).

Además, se expondrán a ser sancionados con multas de hasta 90 euros y suspensión de funciones de hasta dos meses, "ponderándose las mismas en función de los criterios de graduación establecidos en la normativa estatal básica de procedimiento administrativo común".

En cualquier caso, eso sí, la imposición de una sanción de suspensión de funciones no podrá impedir a un parlamentario "asistir, participar y votar en las sesiones del Pleno de la Asamblea que sean convocadas para abordar alguno de los asuntos siguientes: la cuestión de confianza, una moción de censura a la Presidencia, el Presupuesto o el Debate del Estado de la Ciudad".

Los diputados deberán justificar previamente y por escrito su ausencia en cualquier Pleno


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad