Los hosteleros deberán pagar a la Ciudad hasta 360 euros al año por metro cuadrado de terraza

Los hosteleros deberán pagar a la Ciudad hasta 360 euros al año por metro cuadrado de terraza
Tabla de nuevas tarifas por metro cuadrado ocupado

- La Ordenanza de la tasa por el aprovechamiento especial por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas eximía del pago a quienes se ajustasen el Plan Integral de Calidad Turística

- Las nuevas tarifas “respetan los principios de capacidad económica de las personas obligadas a satisfacer la tasa, así como los principios de justicia, generalidad, igualdad y progresividad", según la propuesta que Carreira elevará al Pleno


Cuando aún no se ha despejado el horizonte sobre las terrazas y la entrada en funcionamiento de su Ordenanza específica el próximo 2 de enero (la CECE teme que obligará a cerrar "la mitad"; el Gobierno pide silencio para seguir trabajando con la confianza de que "el 90%" continuarán abiertas), nuevos cambios se avecinan para ese tipo de negocios. Los propietarios de terrazas hosteleras, que desde 2004 están exentos de facto del pago de la ‘tasa por el aprovechamiento especial por ocupación de terrenos de uso público, con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos, con finalidad lucrativa’, tendrán que empezar a pagar cuando entre en vigor la propuesta que el consejero de Hacienda elevará al Pleno del próximo martes para su aprobación inicial.

Los titulares de ese tipo de concesiones deberán abonar entre 360 y 50 euros al año, según la categoría fiscal de su calle, por metro cuadrado de vía pública ocupada.

La Ordenanza Fiscal Reguladora, que data del año 2004, estableció que quedarían exentas de hacer frente al pago de la Tasa “aquellas utilizaciones privativas cuyas concesiones o autorizaciones estén referidas a la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas, que acrediten el cumplimiento de las exigencias de calidad material, estética y de atención al público contempladas en el Plan Integral de Calidad Turística”. Con el paso el tiempo "nadie", según fuentes de la Asamblea, pagaba.

El mes pasado, el diputado de Caballas Juan Luis Aróstegui reprochó al Gobierno local en el Pleno que se permitiese a empresarios de postín ocupar la vía pública en pleno centro sin abonar ni un euro por ello. Carreira se ofreció a estudiar el asunto e inmediatamente se puso manos a la obra.

El también portavoz del Ejecutivo local someterá a la consideración del Pleno una propuesta para, tras casi una década de vida de la Ordenanza, adecuarse a una nueva realidad en la que “se han incrementado notablemente los costes de gestión de la correspondiente Tasa” y, “paralelamente, se ha sembrado de inseguridad jurídica su correcta aplicación, haciendo inaplicable el resarcimiento a la sociedad por el aprovechamiento especial, exclusivo y excluyente que del espacio público deben acometer los titulares”.

Disposición Transitoria de plazos

El Gobierno de Ceuta establece un abanico de tarifas que va desde los 360 euros/año por metro cuadrado ocupado en calles de categoría fiscal A hasta los 50 de las vías de nivel E (en medio, 252, 175 y 100 euros por ejercicio para las calles B, C y D, respectivamente). Cuando el espacio afectado por la utilización privativa esté situado en la confluencia de varias vías públicas, se aplicará “la tarifa que corresponda a la de categoría superior”.

El Gobierno considera que estas tarifas “respetan los principios de capacidad económica de las personas obligadas a satisfacer la tasa, así como los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad”.

El nuevo cuerpo normativo incluye una Disposición Transitoria que establece que los titulares de concesiones de terrazas “deberán aportar, antes del próximo 31 de marzo, la certificación acreditativa de cumplir con las exigencias contempladas en el Reglamento de Terrazas, así como presentar e ingresar la autoliquidación correspondiente a 2014”. “En consecuencia”, completa, la aplicación de lo dispuesto comenzará su aplicación a partir del primero de enero de 2015”.

Al texto se le podrán incorporar modificaciones durante el preceptivo plazo de exposición pública tras la aprobación inicial del Pleno.

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