- En relación con la nota de prensa del sindicato UGT, publicada [no recibida por este medio], relativa a la persecución que supuestamente sufre una delegada de dicho sindicato en el comité de empresa del personal laboral del ministerio de Educación en Ceuta, este sindicato se ve en la obligación de hacer las siguientes precisiones:

1º. - La invocación de la condición de representante legal de los trabajadores, realizada por la afiliada de UGT, supuestamente perseguida, perjudicaba a una afiliada de CCOO que, teniendo mayor antigüedad en el centro, se la trasladaba temporalmente de colegio.

2º. – La afiliada de CCOO que recibió orden de movilidad, que no excedía del centro de trabajo, al considerarse como centro único todos los colegios dependientes del ministerio de Educación en Ceuta, reclamó ante la Dirección Provincial, exponiendo los fundamentos de derecho que consideró convenientes para su defensa.

3º. – La Dirección Provincial, con prontitud y diligencia, resolvió la reclamación de la afectada y consideró aceptables sus argumentos, procediendo a ordenar la movilidad de la afiliada de UGT, cuya condición de miembro del comité de empresa no era obstáculo para impedir su traslado provisional a otra dependencia del mismo centro de trabajo.

4º. – Este sindicato considera ajustada a Derecho la resolución de la Dirección Provincial por la que se resuelve la reclamación presentada por su afiliada y, en cualquier caso, defiende públicamente la profesionalidad y absoluta imparcialidad del funcionario responsable de esta decisión administrativa.

5º. – CCOO de Ceuta deplora cualquier tipo de persecución o represalia empresarial hacia los representantes legales de los trabajadores, delegados de personal y miembros de comités de empresa, y aunque en otras ocasiones han existido motivos más que suficientes para criticar a la Dirección Provincial del ministerio de Educación por muchas de sus actuaciones, en este caso, discrepa abiertamente de la opinión expresada por la central sindical autora de la nota de referencia.