El PSOE otra vez, utilizando políticamente asuntos de interés general y de extrema sensibilidad de una forma irresponsable y peligrosa.

López Cantero (PSOE) afirmó recientemente sobre el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental y otras medidas a adoptar en casos de nulidad, separación y divorcio, que el Juez puede optar por la custodia compartida aunque ninguno de los progenitores lo solicite o que puede otorgar el régimen de visitas a un progenitor condenado por sentencia firme por violencia de género.

Miente, la socialista. En concreto el Anteproyecto prevé que no procederá atribuir la guarda y custodia de los hijos, ni individual ni compartida, ni un régimen de estancia, relación y comunicación respecto de ellos al progenitor que haya sido condenado penalmente por sentencia firme por un delito de violencia doméstica o de género.

El Anteproyecto, prevé igualmente que no se atribuirá la guarda y custodia ni individual ni compartida al progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por la presunta comisión de un delito de violencia doméstica o de género, cuando se haya dictado resolución judicial fundada en la que se constate indicios fundados y racionales de criminalidad.

Se adelantan como siempre a los acontecimientos acusando falsamente.

El Gobierno de la Nación, como no podía ser de otra manera, consciente de que se trata de una materia tan sensible, está dando audiencias sucesivas a diferentes colectivos, particulares y agentes sociales afectados (desde el 6 de febrero de 2012 se han mantenido diversas reuniones con aproximadamente 50 Asociaciones). Asimismo se están estudiando todas las alegaciones que se han ido aportando por dichos colectivos con objeto de perfilar el texto.

En el Anteproyecto se prima el interés superior del menor. Se contempla la custodia compartida como un supuesto más que puede acordar el Juez cuando medie acuerdo entre los progenitores, o cuando se interese al menos por uno de ellos.

Fuera de este caso, con carácter excepcional, y solo cuando se revele como la única solución que satisfaga el interés del menor, el Juez, motivadamente, previa audiencia del menor y del Ministerio Fiscal, podrá acordar la custodia compartida, sin que se haya interesado por ninguno de los progenitores. Se trata de dar respuesta a los supuestos en que cada uno de los progenitores solicita la custodia solo para sí, con objeto de evitar que los intereses se superpongan al interés del menor.

Y por supuesto, se extreman las precauciones, en consonancia con la normativa existente sobre la violencia de género y el Estatuto de la Víctimas, excluyéndose en todo caso la corresponsabilidad parental en los supuestos de violencia de género o doméstica.

Por tanto, dejemos trabajar al Gobierno y de crear como siempre alarmas infundadas que parece es la única fórmula que entienden los y las socialistas de hacer política.