El crimen de “Parques de Ceuta”, a repetirse
Imagino la indignación de mucha gente en Ceuta al enterarse de que el TSJA ha decidido que el juicio por el asesinato de María Ángeles debe repetirse porque el jurado no explicó qué pruebas concretas le llevaron a dar por probados unos hechos y no otros. Siempre he opinado que nueve personas, hijos de su padre y de su madre, sin el menor conocimiento de Derecho, puedan decidir algo tan complejo como la inocencia o culpabilidad de una persona es, como mínimo, inquietante.
No voy a entrar en mi opinión sobre el caso. Quiero centrarme en el jurado y en la presidenta de la Audiencia Provincial, que ha sido “puesta en entredicho” por el TSJA.
Soy licenciado en Derecho y he tenido que hacer memoria sobre la diferencia entre el dolo eventual y la imprudencia grave, términos evidentemente jurídicos. ¿Y pretendemos que nueve personas que no tienen ni idea de leyes decidan sobre algo tan complejo como si estamos ante un asesinato o un homicidio? (que, por cierto, son cosas distintas). Muchas veces me pregunta la gente cuál es la diferencia entre hurto y robo. Se lo explico… y no lo entienden.
No pasa nada, es normal: no tienen por qué saberlo. Pero precisamente por eso no creo en el jurado.
¿De verdad pensamos que algo como el crimen de Parques de Ceuta, con el impacto brutal que tuvo en una ciudad pequeña como la nuestra, no iba a acabar con una condena sí o sí? ¿De verdad creemos que nueve ciudadanos, bombardeados por la prensa, los comentarios de la calle, el morbo, el contexto emocional, van a abstraerse y valorar fríamente pruebas técnicas, periciales y jurídicas?
Yo, para comprar un piso, me fío de mi intuición. Para condenar a alguien, no: necesito pruebas sólidas. Yo me fío de nueve personas para montar una barbacoa, para elegir el sitio de la feria o para organizar un viaje. No me fío de nueve personas para decidir si mandamos a alguien treinta años a la cárcel. Además está todo el mundo de las agravantes, atenuantes y eximentes.
Son tan importantes que, si se estima una eximente completa, no hay responsabilidad penal. Traducido al castellano: si se prueba que el supuesto homicida padece un trastorno que le impide comprender lo que está haciendo, esa persona sería “no culpable”, y no se le puede aplicar una pena, sino una medida de seguridad. Es decir: no iría a la cárcel, iría a una institución psiquiátrica. ¿Les cuesta entenderlo? Normal. Este es el mundo del Derecho, donde lo que importa no es lo que “parece”, sino lo que se prueba.
Y me voy a ir a Estados Unidos, donde existe la pena de muerte: ¿cómo “arreglamos” un caso en el que, tras ejecutar al condenado, se demuestra que era inocente? No se arregla. Se asume que el sistema ha matado a un inocente. Sí, ya sé que puede resultar difícil de entender para el sentido común que haya que ser tan estrictos con las pruebas.
Pero no hablamos de castigar a alguien sin ver Netflix una semana. Hablamos de privarle de libertad durante décadas. Y todo esto lo digo sin entrar en el fondo del caso concreto —opinión la tengo, porque además asistí algunos días al juicio—, sino hablando de algo más grave todavía: de lo peligrosamente frágil que es un sistema donde la justicia depende más del sentido común que del conocimiento.
Porque el sentido común sirve para vivir. Para condenar a alguien, no.
El jurado popular parte de una idea bonita: que todos somos iguales ante la ley. El problema es que no todos sabemos lo mismo, y la ignorancia también condena.
La justicia no debería depender de nueve personas que no saben lo que es el dolo eventual pero sí saben perfectamente lo que dice el bar del barrio.
Porque cuando la justicia se parece demasiado a una tertulia de café, lo que tenemos no es un sistema judicial: es una ruleta rusa.