- jueves 25 abril 2024
ICV y Equo, a favor de votar sobre la energía atómica
La situación crítica de la central nuclear de Fukushima ha vuelto a poner sobre la mesa el debate sobre las políticas nucleares, tal y como ocurrió tras el desastre de Chernóbil en 1986. Ese accidente está considerado por los ecologistas como motor del referéndum que, en 1987, apartó definitivamente a Italia de la explotación de energía nuclear. Las cuatro centrales que en aquel momento funcionaban en el país dejaron de hacerlo entre 1989 y 1990.
La plataforma soberanista Decidim.cat prevé que medio centenar de municipios catalanes habrán convocado consultas populares sobre la independencia de Cataluña hasta finales del mes de abril del 2010. Decidim.cat, que está integrada por más de 1.300 alcaldes y concejales catalanes, ha mantenido hoy una reunión en Caldes de Montbui a la que han asistido unos 50 cargos electos para impulsar la celebración de consultas populares como la de Arenys de Munt, de forma organizada y simultánea en todo el territorio catalán.
Según el portavoz de Decidim.cat y alcalde de Sant Pere de Torelló, Jordi Fàbrega, ahora mismo "tenemos 71 municipios que han aprobado en sus plenos municipales con el apoyo de la sociedad civil convocar una consulta" y, además, "estamos pendientes de otros 45 ayuntamientos que en las próximas dos semanas han de votar la moción" de apoyo a las consultas. La reunión de hoy de Decidim.cat ha servido sobre todo para crear una comisión de enlace que pondrá en contacto el mundo local e institucional y la sociedad civil, y para aprobar un protocolo organizativo, que es una especie de manual a seguir para desarrollar las diversas consultas. En este protocolo, ha sido definida la estructura técnica, encabezada por el jurista Alfons Lopez Tena, que se encargará de la campaña y también se ha definido la pregunta genérica que se hará en las diferentes consultas.
La pregunta que se formulará a los ciudadanos a partir de ahora en las mencionadas consultas es la siguiente: "¿Está de acuerdo que la nación catalana se convierta en un estado de derecho independiente democrático y social, integrado en la UE?". Decidim.Cat ha "recomendado" tres fechas distintas para convocar las consultas de la forma más simultánea posible en todo el territorio, el 13 de diciembre, el 28 de febrero y el 25 de abril del 2010.
Fàbrega ha explicado que, entre los 71 municipios que han aprobado mociones a favor de las consultas, figuran alcaldes de todos los colores políticos a excepción del PP y Ciutadans". Según este portavoz, el referéndum de Arenys de Munt "está generando un efecto domino o mancha de aceite" ya que "cada vez hay más gente a título individual que se adhiere y que se integra en las comisiones organizadoras".
Una juez de Barcelona ha acordado mantener la suspensión de la autorización al Ayuntamiento de Arenys de Munt (Barcelona) para el referéndum de autodeterminación del día 13, mientras que la protesta falangista prevista para ese día la ha permitido el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
En su auto, la juez confirma la resolución que dictó la semana pasada para prohibir provisionalmente el referéndum, a raíz de un recurso presentado por la Abogacía del Estado, después de que el pasado lunes el Ayuntamiento de Arenys de Munt le expusiera sus argumentos contra la suspensión de la consulta.
En opinión del Juzgado de Instrucción número 14 de Barcelona, el acuerdo municipal que apoya la celebración de la consulta popular, impulsada por una plataforma ciudadana, "invade manifiestamente competencias reservadas expresamente al Estado por la propia Constitución y, por tanto, la vulneran".
El auto judicial se dedica íntegramente a responder a los argumentos esgrimidos el pasado lunes por el letrado de Arenys, el ex conseller Salvador Milà, ya que el abogado del Estado, el ex candidato falangista Jorge Buxadé, no tuvo ninguna intervención en la vista y se remitió a las alegaciones expuestas en el recurso.
Frente al argumento de Arenys de que el consistorio no convoca la consulta, sino que se limita a facilitar una sala para su celebración, la juez mantiene que el Ayuntamiento sí autorizó en un acuerdo plenario el referéndum y recuerda que éste supone "una invitación al incumplimiento de la ley" porque excede el ámbito de competencias locales.
En este caso, según la juez, "al superar los límites geográficos del término municipal", la consulta no sólo interfiere las competencias estatales, sino las del resto de entidades locales catalanes "que integran el sistema institucional de la Generalitat" y la comunidad autónoma.
En ese sentido, el auto señala el "desinterés de la administración autonómica en defensa de sus competencias" en este caso, comentario que, no obstante, recalca la juez, no ha tenido trascendencia alguna en su resolución final.
Frente al argumento municipal de que los únicos límites de una consulta popular son los métodos pacíficos y democráticos, la magistrada advierte a la corporación local de que los derechos y libertades deben ejercerse en el marco de "las normas sustantivas y de procedimiento".
Para la juez, los ayuntamientos pueden fomentar la participación de los vecinos, "pero siempre que concurran en cada caso los presupuestos jurídicos habilitantes", y el principio de autonomía local que esgrimió el consistorio "no puede invocarse al margen de la Constitución y las leyes".
Paralelamente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado, precisamente hoy, la razón a la Falange y ha revocado la decisión de la Generalitat de cambiar para el día 20 de septiembre la concentración que esta formación ultraderechista había convocado para el 13 de septiembre en Arenys, en protesta por el referéndum.
En el fallo, el TSJC admite que, ante la coincidencia del referéndum independentista y de la concentración falangista, "el riesgo de enfrentamientos violentos es probable y razonable su suposición", si bien remarca que cambiar la fecha de la protesta no sería "proporcional" puesto que la "desnaturalizaría".
En este sentido, remarca que la Generalitat puede adoptar "medidas limitativas alternativas menos gravosas" para evitar incidentes, "sin olvidar finalmente que durante el desarrollo de los actos la administración debe ejercitar sus potestades de policía en orden al mantenimiento del orden y la paz social".
El departamento de Interior autorizó en un primer momento, el 14 de agosto, la convocatoria ultra, si bien ordenó que se cambiara de emplazamiento por razones de seguridad, aunque finalmente el 2 de septiembre, a petición del alcalde de Arenys, decidió que la concentración se tendría que celebrar el día 20 de septiembre.
Según el TSJC, desplazar una semana la concentración ultra, cuando ya se hubiera celebrado el referéndum, "priva al derecho de reunión de su finalidad legítima esencial, cual es la reivindicación o exposición de ideas de forma pública".