DEMANDA ADMITIDA A TRÁMITE

La AMTM hará pronunciarse al Constitucional sobre los despidos de militares al cumplir 45 años

La AMTM hará pronunciarse al Constitucional sobre los despidos de militares al cumplir 45 años
soldado militar maniobra 5
Imagen de recurso.

El “sistema de contratación temporal proscrito y sin más necesidad objetiva que desembarazarse del personal por resultarle menos interesante llegada esa edad” que supuestamente mantiene el Ministerio de Defensa y que le permite echar a los militares con compromisos de larga duración al cumplir 45 años ha llegado por primera vez al Tribunal Constitucional, que ha admitido a trámite casi dos años después del inicio de su batalla judicial un recurso de casación al respecto de la Asociación de Militares de Tropa y Marinería (AMTM).

Según ha recordado su presidente, Antonio Martínez, “a finales de 2016 iniciamos por la vía administrativa un proceso que sabíamos que iba a ser largo y tedioso, que no obtendríamos resultados positivos inmediatos y en el que tendríamos que superar una serie de fases administrativas y judiciales hasta poder aspirar a ver reconocidas nuestras pretensiones”.

“Hoy podemos decir”, ha destacado, “que nos encontramos cruzando un umbral crucial al llegar una de nuestras demandas al Tribunal Constitucional, antesala imprescindible para poder superar la jurisdicción española, que tendrá que dilucidar si han existido una vulneración de derechos fundamentales tras haber presentado incidente de nulidad en el proceso que recientemente ha finalizado en el Tribunal Supremo”.

“Nuestra apuesta por la defensa de los intereses de nuestros asociados y por extensión del resto de militares temporales, nos lleva a perseverar en una lucha larga y costosa pero que poco a poco, con la superación de los diferentes hitos, nos ponen hoy un poco más cerca de una ansiada resolución final”, se ha congratulado Martínez.

La AMTM considera que, ante unas mismas funciones, el Ministerio de Defensa diferencia a su personal de tropa en función de su tipo de vinculación temporal. Así, ocurre también, por ejemplo, en cuanto al salario: los soldados permanentes o de carrera perciben unas retribuciones superiores a las de los militares temporales “aunque los empleos militares, las funciones, las características, las condiciones del puesto de trabajo y las responsabilidades sean exactamente las mismas”. Con ello se establece una “desigualdad” y una “discriminación” entre “trabajadores de la misma escala y con idénticas funciones, pero con diferentes relaciones de servicios”.

"Falta de voluntad política"

Martínez lamentó que ha sido “la falta de voluntad política para la resolución de este problema” la que ha “obligado” a la AMTM “a recurrir a los Tribunales en busca del amparo que, en sentencias previas, resolvió en contra de la cobertura de puestos permanentes, estables y estructurales con contratos temporales sin que concurran justificación objetiva que respalde la temporalidad”.

"Nos encontramos cruzando un umbral crucial al llegar una de nuestras demandas al Tribunal Constitucional, antesala imprescindible para poder superar la jurisdicción española"

Desde su punto de vista “estas prácticas abusivas eternizan la precariedad laboral en contra de lo establecido en el Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada aprobado como anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 29 de junio de 1999” que establece los principios generales y las condiciones mínimas para los contratos de trabajo de duración determinada y cuya finalidad es la de garantizar la aplicación del principio de no discriminación.

El último dictamen de la Subcomisión para el Estudio del Régimen de Personal de la Tropa y Marinería ha “avalado”, a ojos de la AMTM, la decisión que tomó hace más de dos años de judicializar el estado contractual de la Tropa y Marinería en las Fuerzas Armadas y “denunciar los incumplimientos que los distintos Gobiernos estaban cometiendo al ignorar las medidas que garantizarían un tránsito a la vida civil con unas coberturas mínimas”.

Aún así, la asociación lamenta que la Subcomisión ha evitado “poner en cuestión la falta de idoneidad de la Ley 8/2006” y se ha limitado a “poner en marcha doce años después las medidas ignoradas durante todo este tiempo”. La AMTM denuncia, entre otras cosas, que solo para los próximos ‘despedidos’ se ha puesto en marcha la “obligación” del Ejército de dar títulos convalidables en forma de Certificados de Profesionalidad u otros para facilitar su inserción laboral civil.

El Pleno del Congreso rechazó en septiembre con los votos de PP y PSOE una iniciativa de Podemos que pedía al Ministerio de Defensa que paralizase la salida de las Fuerzas Armadas de los soldados que cumpliesen 45 años hasta ofrecerles soluciones que faciliten su reincorporación al mercado laboral.

La AMTM hará pronunciarse al Constitucional sobre los despidos de militares al cumplir 45 años


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad