"APROBABA Y RATIFICABA"

La Fiscalía sigue creyendo que la Comisión Local de la Vivienda tenía la última palabra sobre las VPO

La Fiscalía sigue creyendo que la Comisión Local de la Vivienda tenía la última palabra sobre las VPO
170 vpo promoción loma colmenar
Imagen de la promoción que centra las imputaciones sobre los antiguos miembros de la Comisión.

La Fiscalía no cree que la Comisión Local de la Vivienda fuese, en realidad, una invitada de piedra en el proceso de adjudicación de promociones como las 170 VPO de Loma Colmenar, sobre la que gravitan las imputaciones a sus antiguos miembros. “Todos los indicios apuntan a que efectivamente la lista definitiva se llevaba a la Comisión Local, desconociendo su origen o el autor de la misma, siendo allí 'aprobada y ratificada', como se acredita en el acta que aparece en las actuaciones”, concluye el escrito en el que se opone a la petición de archivo provisional de las actuaciones del 'caso Emvicesa' sobre Antonio López.

Sus abogados pidieron el sobreseimiento provisional a finales de octubre en base a que, a su juicio, “los iniciales indicios a partir de declaraciones de investigados y la formulación de hipótesis policiales se han visto desvirtuados” por “la detección de graves errores sobre la reglamentación administrativa aplicable” y “sobre su patrimonio”.

López ha intentado librarse primero señalando a la Comisión Local como responsable última de a quién se le entregaban las casas y después ha querido unirse al argumentario del extenso informe aportado por la ex consejera Susana Román pero en lo tocante al ex gerente al menos para el Ministerio Público “existen en las actuaciones indicios suficientes de la comisión de un delito de prevaricación administrativa y de falsedad, ya que de la extensa documentación obrante en la causa y de las diferentes declaraciones vertidas en las actuaciones pueden deducirse la concurrencia de todos los elementos tanto objetivos como subjetivos que componente los tipos penales que se le imputan”.

En línea con la Fiscalía, la jueza instructora, sin entrar al fondo del asunto de las peticiones de archivo formalizadas tanto por López como por las ex consejeras Susana Román y Rabea Mohamed, también ha advertido según fuentes judiciales que no prevé el sobreseimiento de ninguna imputación hasta que dé por terminadas las diligencias.

El fiscal sí ha entrado a rebatir que Comisión Local de la Vivienda no era competente para adjudicar (ni para fiscalizar cómo se hacía) las 170 VPO de Loma Colmenar porque tanto la propuesta de criterios concretos de selección como la de adjudicación se atribuyó en promociones financiadas por el Estado a una Comisión Técnica de Evaluación.

La Fiscalía recuerda que hasta ahora el caso ha girado, sobre documentación y testificales, sobre la base de que el procedimiento se había regido por la Ordenanza de 2006 con la Comisión Local como agente activo y ve difícil de creer que sus miembros cayesen en “un error tan burdo” como no conocer la normativa.

En su escrito de oposición al archivo solicitado por López, que primero señaló a la Comisión Local pero después se adhirió al argumentario de la defensa de Román, la Fiscalía destaca que incluso la ex consejera no hizo “referencia alguna” en sus declaraciones como testigo o investigada al Acuerdo Marco suscrito en 2007 por la Ciudad y el Estado que eximiría de competencias al órgano político local en las 170 VPO.

“La jurídico de Emvicesa dijo en julio que esa promoción tuvo subvenciones de la Ciudad como ayuda para el alquiler, por lo que resulta de aplicación la Ordenanza de 2006”, añade la Fiscalía en su escrito, en el que también reseña que Chandiramani, ex gerente de Emvicesa y “perfectamente conocedora de la normativa aplicable y el procedimiento de adjudicación” tampoco distinguió el régimen de esas casas del seguido con otras anteriores.

No obstante, el Ministerio Público cuestiona que dicho Acuerdo Marco de 2007 pudiese aplicarse en 2012 y 2013 cuando su vigencia se extendía hasta finales de 2010 “sin que conste prórroga”. De la misma forma, sobre la Comisión Técnica de Evaluación que llevaría las riendas del proceso “solo se aporta un acta de constitución sin que consten más actuaciones, ni tan siquiera el requerimiento a los funcionarios de Emvicesa del listado oficial de demandantes de viviendas, por lo que no puede dotarse de verosimilitud y de operatividad a dicho organismo”.

La Fiscalía sigue creyendo que la Comisión Local de la Vivienda tenía la última palabra sobre las VPO


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