Incluida la recepción y firma de notificaciones

Los autónomos deberán hacer todos sus trámites con la Seguridad Social on line

Edificio de la Seguridad Social

Con la publicación de la OM ESS/214/2018, de 1 de marzo,  desde el 1 de octubre de 2018, los trabajadores autónomos están obligados a realizar sus trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social por medios telemáticos, facilitando la realización de gestiones, en cualquier momento y desde cualquier lugar las 24 horas del día y los 365 días del año, sin necesidad de desplazarse a las oficinas de la Seguridad Social.

Para cumplir con esta obligación, el trabajador puede elegir dos canales para realizar las gestiones: El Sistema RED (Remisión electrónica de Datos), en el que el autorizado actúa como representante; o bien a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, realizando de esta manera directamente los trámites a través de medios electrónicos.

Si los trámites lo gestiona personalmente, debe disponer de un sistema  que garantice y asegure su identidad para poder acceder a todos los servicios disponibles.

Los sistemas de identificación admitidos por la Seguridad Social son: Certificado Digital, DNIe, y CL@VE.

Los trámites relacionados con la actividad los puede realizar de forma ágil y segura, siendo los principales trámites:

-Alta y baja  en el régimen.

-Cambios de base de cotización.

-Modificación de actividad.

-Variaciones de datos, etc.

También se pueden obtener en la Sede Electrónica informes y certificados con plena validez: Informes de cuotas ingresadas, certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, duplicados, etc.

Otra significativa novedad es que a partir del 1 de octubre las notificaciones de la Seguridad Social se recibirán en la Sede Electrónica (Servicio de Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas).

Para poder recibir información y avisos de notificaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social el trabajador autónomo debe comunicar y actualizar los datos de contacto: teléfono móvil y correo electrónico.

Con el fin de resolver dudas sobre este cambio normativo, los trabajadores autónomos tienen a su disposición los siguientes canales:

-SEDE ELECTRÓNICA de la Seguridad Social.

-Página web de la SS: www.seg-social.es

-Teléfono: 901 50 20 50

-Twitter: @Info_TGSS

-Nuestra oficina de C/Manuel Olivencia, s/n.