ORDEN DE MATRICULACIÓN

Voto particular contra un cambio de la escolarización que privilegie a las castas

Voto particular contra un cambio de la escolarización que privilegie a las castas
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Imagen de archivo.

El melillense José Luis Belmonte, miembro del Consejo Escolar del Estado por STEs Intersindical, el único de los integrantes de ese órgano consultivo que es de alguna de las dos ciudades autónomas, ha presentado un voto particular contra la propuesta del Ministerio de Educación para cambiar la Orden que regula la admisión de alumnos para que estos los centros dar 1,5 puntos en la escolarización por tres supuestos: la condición de antiguo alumno de padres o hermanos, por haber estado matriculado en el centro o la condición de trabajador del centro de familiares en determinados grados de parentesco.

Una hora antes del comienzo de la Comisión Permanente en la que, el martes, se debatió y rechazó la iniciativa gubernamental, el MECD emitió un comunicado a la prensa exponiendo sus argumentos: “Reforzar la libertad de las familias en la elección de centro y al mismo tiempo otorgar a estos mayor protagonismo” en los procesos de matriculación.

En la justificación de su voto negativo, Belmonte explicó que el citado proyecto vendría a "consolidar, ahondar y extender en que los centros concertados de Ceuta y Melilla puedan seguir eligiendo a su alumnado”.

En su voto particular por escrito pone de relieve que en el análisis de los datos de PISA 2009 los resultados fueron particularmente llamativos por el bajo índice socioeconómico y cultural (ESCS, por sus siglas en inglés) de los centros educativos (-0,55), en especial los centros públicos (-0,76), el alto de los centros privados concertados (+0,22), el mayor de todos los ámbitos de gestión educativa y la mayor brecha socioeconómica y cultural entre los centros públicos y privados concertados (0,98)”.

Según el sindicalista, "los centros concertados de Ceuta y Melilla obtienen el mayor índice socioeconómico y cultural de toda España, el + 0,22 (incluso más alto que los registrados en Madrid o Navarra), muy superior a la media estatal que es de 0,07, mientras que los centros públicos obtienen el penúltimo peor índice (-0,76), solo superado escasamente por Canarias". Estos resultados hacen que Ceuta y Melilla "presenten la mayor brecha socioeconómica y cultural (0,98) entre sus centros concertados y públicos". La media nacional es de 0,62 y la de los países de la OCDE, de 0,43.

"No disponemos de datos posteriores porque el MECD se negó a que su ámbito de gestión (Ceuta y Melilla) realizara los informes PISA de 2012 y 2015 y si a eso le añadimos la distribución del alumnado extranjero por titularidad del centro en el Curso 2010-2011 y en el Curso 2015-2016 nos encontramos que, a nivel estatal", llama la atención Belmonte, "si ya los centros concertados matriculan a menos del 20% de este alumnado, en Ceuta y Melilla apenas sobrepasan el 1%".

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Estos datos, que incluso, disminuyen en los últimos años, constatan desde su punto de vista "la brecha tan significativa que se está generando entre los centros públicos y los concertados, también financiados con fondos públicos".

A su juicio, valorar con hasta 1,5 puntos "la condición de antiguo alumno, del centro para el que se solicita plaza, del padre, madre o de los representantes legales del alumno, o alguno de los hermanos del solicitante”, “haber estado matriculado previamente en el centro en otra etapa educativa” o la “condición de trabajador en el centro para el que se solicita plaza, de familiares del alumno hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad” vulnera la legislación vendría a "mantener y potenciar la actual distribución de plazas, perpetuando el privilegio en los centros concertados de mayor solicitud a sectores con alto nivel socioeconómico".

CEAPA y la FAMPA de Ceuta también creen “abusivo” que se pretenda dar “mayor puntuación a que un pariente en tercer grado de afinidad tenga o haya tenido vinculación laboral con un centro, al igual que el resto de criterios incluidos (1,5 puntos), que la circunstancia de familia numerosa de carácter general, discapacidad de un hermano, padre o madre, o renta económica baja (1 punto)”. Para la FAMPA, así “queda claro que la inclusión de estas circunstancias no recogidas en la Ley Orgánica, no hace más que perpetuar la segregación de clases sociales en las dos ciudades españolas más desiguales, algo que no es admisible porque rompería el principio de igualdad”.

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