CCOO niega que la Audiencia haya dado la razón a Septem Nostra frente a los técnicos de Obimasa


CCOO niega que la Audiencia haya dado la razón a Septem Nostra frente a los técnicos de Obimasa

Los servicios jurídicos del sindicato Comisiones Obreras han negado que la reciente sentencia pronunciada por la Audiencia Provincial en el caso de la demanda presentada por los técnicos de Obimasa contra Septem Nostra de la razón a la asociación ecologista, como defendía su columna del pasado sábado en El Faro. El fallo del magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta desestima el recurso de los técnicos de Obimasa, pero también el de Septem Nostra, que pedía que se obligase a la parte demandante al pago de las costas.

La polémica se remonta a marzo de 2006, cuando los técnicos de la empresa municipal Obimasa presentaron una demanda contra Septem Nostra por vulneración de los derechos al honor, debido a una serie de artículos publicados por la asociación ecologista en la que se criticaba la actuación de estos profesionales en la protección de la ‘Patella Ferrugínea’ durante la regeneración de la Ribera y en las voladuras del Mogote de Benzú.


La sentencia del Juzgado de Primera Instancia reconocía que las criticas realizadas por los responsables de Septem Nostra eran “claras” con “expresiones duras y desmesuradas, si bien de forma aislada”, pero que no basta “la critica desconsiderada e incluso reprobable para ser considerada intromisión ilegítima”. La juez dictaminó que aunque algunos comentarios “pueden molestar, inquietar y disgustar con toda razón a los demandantes” no exceden el ejercicio de la libertad de expresión, que “debe prevalecer sobre el derecho al honor”.


El fallo no condenaba a la parte desestimada al pago de las costas procesales tal y como dispone la ley, ya que existen serias dudas de hecho por la “naturaleza de algunas expresiones utilizadas por la asociación”, por lo que la juez se acoge al artículo 394.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y obliga a cada parte a asumir sus propias costas y las comunes por la mitad. Una decisión que fue recurrida por Septem Nostra sin éxito, ya que el magistrado de la Audiencia coincide en que nadie pone en duda que las acusaciones de la asociación “rozan la extralimitación”.


El juez de la Audiencia desestimó también el recurso de los técnicos de Obimasa ya que según la jurisprudencia pueden darse caso en que las críticas a la actividad profesional resulten “molestas e hirientes, o ayunas de cobertura constitucional, e incluso ilícitas y, sin embargo, no menoscabar su honor”. El fallo indica que conforme a dicha jurisprudencia las críticas sí podrían “haber afectado a la esfera puramente patrimonial de los actores” pero no al derecho al honor. Una decisión que los servicios jurídicos del sindicato consideran que indica una posible sentencia positiva en caso de que en vez de una intromisión al honor se hubiese presentado la demanda puramente por un menoscabo en el patrimonio, algo que no querían los demandantes, ya que el interés era principalmente el de defender su reputación y no el de obtener un rédito económico. Los servicios jurídicos de CCOO también contestan a Septem Nostra que no han atacado a ecologistas, sino a quienes han “acosado a unos trabajadores” a los que se ha atacado en su honor profesional.

 

CCOO niega que la Audiencia haya dado la razón a Septem Nostra frente a los técnicos de Obimasa


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