El Juzgado declara improcedente el despido de un trabajador que llevaba 34 años en el Hotel Ulises

- La Justicia estima la demanda de CCOO contra la decisión del establecimiento hotelero, que alegó pérdidas de beneficios para prescindir del empleado

- El juez subraya que las dificultades económicas de la empresa no se resolverían echando al trabajador y le obliga a readmitirle y pagarle 43.000 euros

El Juzgado de lo Social de Ceuta ha estimado la demanda presentada por CCOO contra el Hotel Ulises por el “injusto” despido de un trabajador tras treinta y cuatro años de servicios al invocar la empresa causas económicas basadas en supuestas pérdidas de beneficios en años anteriores y en la necesidad de reestructurar el departamento de recepción al que pertenecía el afectado.

Para el magistrado, las causas económicas aducidas por la empresa no se resolverían despidiendo a un trabajador puesto que su retribución es muy inferior a las pérdidas declaradas que, por cierto, no han sido suficientemente acreditadas, según han explicado desde el sindicato en un comunicado a los medios.

Tampoco acepta el juzgador como causa de despido la razón organizativa ya que el simple ascenso de otro trabajador a la categoría de jefe de recepción no justifica la sustitución y amortización de la plaza de otro.

Para CCOO esta sentencia “pone de manifiesto que, ante el abuso empresarial que pretende aprovechar todas las facilidades que pone a su disposición la legislación laboral, quedan los juzgados como última trinchera para dar cobertura a los trabajadores e impedir el desmantelamiento de todos sus derechos”.

Los efectos de la sentencia son el pago de los salarios de tramitación, que ascienden a 43.000 euros y la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo, que a esta fecha ya se ha producido, para evitar el pago de otros 80.000 euros en concepto de indemnización por despido.