PREVENCIÓN DE INCENDIOS

Ni se le ocurra encender una barbacoa hasta noviembre

Ni se le ocurra encender una barbacoa hasta noviembre
Merendero de Aranguren grande
Merendero de Aranguren.

Adiós a las barbacoas. Ni fogatas, ni mucho menos quema de rastrojos. Este pasado 2 de junio entraba en vigor de nuevo la ordenanza para la prevención de incendios forestales en época estival de la Consejería de Medio Ambiente y Fomento a la que este martes da carta de realidad el Boletín Oficial del Estado de Ceuta.

Así, desde el día 1 de junio de 2017 hasta el 2 de noviembre de 2017, ambos inclusive, se prohíbe con carácter general, en todos los terrenos de vocación forestal (Campo Exterior y Monte Hacho), así como en zonas periurbanas de la Ciudad de Ceuta, hacer fuego en todo tipo de espacios abiertos, y en particular la quema de rastrojos y residuos vegetales de cualquier tipo incluidos los procedentes de desbroce y podas; hacer fogatas, hogueras y barbacoas, cualquiera que sea su fin inclusive en zonas habilitadas para ello (áreas recreativas y de acampada, la  eliminación de cualquier tipo de residuo mediante quema al aire libre; arrojar o depositar en terrenos al aire libre materiales en ignición, como fósforos, puntas de cigarros o cigarrillos, brasas o cenizas; arrojar fuera de los contenedores habilitados residuos que, con el paso del tiempo u otras circunstancias, puedan provocar combustión o facilitar ésta, tales como vidrios, botellas, papeles, plásticos, materias orgánicas y otros elementos similares.

El período de prohibición, que se prolongará hasta el día siguiente del La Mochila, 2 de noviembre, podrá ser ampliado, atendidas las condiciones climatológicas.

Pero, el fin del periodo de prohibición no supone carta blanca, ojo. Concluido el período de prohibiciones, a partir del día 3 de noviembre de 2017, únicamente podrá encenderse fuego para preparar comida en zonas habilitadas para ello (áreas recreativas y de acampada) y siempre en los equipamientos instalados en dicha zonas al efecto o en barbacoas portátiles. En todo caso, no podrá abandonarse la fogata o las brasas hasta que estén totalmente apagados los rescoldos.

De igual forma, fuera del período de prohibiciones generales (a partir del día 3 de noviembre) el empleo de fuego en la ejecución de operaciones culturales o trabajos selvícolas (quema de residuos forestales, restos agrícolas y análogos), tanto en terrenos forestales como no, requerirá autorización de la Consejería de Medio Ambiente, que fijará las fechas y condiciones en las que se ejecutarán las quemas.

Ni se le ocurra encender una barbacoa hasta noviembre


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad