DECRETO

Estas son las 14 medidas adoptadas por la Ciudad para hacer frente a la pandemia

Javier Guerrero.

Primero.- Recomendar a la ciudadanía, y en especial a la población vulnerable como personas mayores y niños, o personas que padecen enfermedades crónicas, pluripatológicas o con inmunosupresión congénita o adquirida, permanecer en su domicilio y, si no fuera posible, limitar al máximo la salida de su hogar o residencia. En cualquier caso, se recomienda evitar lugares concurridos en los que no es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal de al menos un metro.

Segundo.- Recomendar evitar viajes no necesarios.

Tercero.- Queda suspendida la atención al público en los Servicios de la Ciudad Autónoma de Ceuta, salvo en el Registro Gene- ral del Ceuta Center para supuestos urgentes, recomendando el uso de la sede electrónica.

Cuarto.- Cerrar las de zonas de ocio, de hostelería, y reducir a un tercio del aforo de bares, cafeterías y restaurantes. Quinto.- Suspender actividades en Centros de Ocio de Mayores.
Sexto.- Suspender las actividades en Centros de Día y de Atención socio-sanitaria a personas mayores.
Séptimo.- Suspender todas las actividades de las Asociaciones.

Octavo.- Suspender todas las actividades deportivas del Instituto Ceutí de Deportes (ICD), incluyendo Escuelas Deportivas, acti- vidades en horario escolar y extraescolar así como las dirigidas a adultos y a personas mayores.

Noveno.- Suspender las actividades que impliquen la congregación de un gran número de personas, incluyendo eventos cultura- les, deportivos y de ocio.

Décimo.- Suspender las actividades en el Conservatorio Profesional de Música de Ceuta, Instituto Oficial de idiomas, Escuelas Infantiles públicas y privadas, guarderías, ludotecas, centros de ocio infantil, academias de cualquier actividad y bibliotecas.

Undécimo.- Suspender las actividades en Colegios, Institutos, Facultades y Centros de Formación Profesional.

Duodécimo.- Suspender las actividades en salas de cine, teatro y museos.

Decimotercero.- Suspender toda actividad colectiva en espacios cerrados.

Decimocuarto.- Cualquier instalación privada con atención al público deberá adoptar las medidas preventivas recomendadas, tanto para sus propios trabajadores como para el público en general.