FALLO UNÁNIME DEL TEDH

La Justicia europea avala la devolución de migrantes que "se ponen ellos mismos en situación ilegal"

La Justicia europea avala la devolución de migrantes que "se ponen ellos mismos en situación ilegal"
La Guardia Civil, en suelo español, expulsa a un inmigrante tras permanecer durante horas en la valla el pasado mes de septiembre en Finca Berrocal1280
Imagen de archivo.

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha emitido este jueves un fallo inapelable por unanimidad sobre las 'devoluciones en caliente' en las fronteras de Ceuta y Melilla en el que cambia radicalmente de criterio con respecto a su pronunciamiento de hace dos años y considera que al realizar la expulsión sumaria de dos migrantes subsaharianos que saltaron la valla de Melilla en 2014, España no violó la prohibición de realizar expulsiones colectivas de la Convención Europea de Derechos humanos ni el artículo 13 sobre el derecho a un recurso efectivo.

La Corte entiende que "los demandantes se pusieron ellos mismos, de hecho, en una situación ilegal cuando intentaron de forma deliberada entrar en territorio español el 13 de agosto de 2014 de una forma no autorizada al escalar las vallas que rodean el enclave español de Melilla en la costa norteafricana”, señala la sentencia, revelada en la Gran Sala del TEDH por el presidente del tribunal europeo, el griego Linos-Alexandre Sicilianos.

En 2017 el TEDH sostenía que los denunciantes "no tuvieron la oportunidad de explicar sus circunstancias para recibir asistencia de abogados, intérpretes o personal médico", lo que impedía de facto la posibilidad de solicitar asilo, por lo que observó que los denunciantes habían sido expulsados y enviados a Marruecos "en contra de sus deseos y que las medidas se adoptaron en ausencia de toda intervención administrativa o judicial previa".

Ahora los 17 jueces que analizaron a petición de España la demanda de la sentencia inicial, que obligaba al Estado español a indemnizar con 5.000 euros a cada uno de los dos demandantes, remarcan que estos “decidieron no usar los procedimientos legales que existían para entrar en territorio español de manera legal”. Por lo tanto, agrega el TEDH, su arresto por la Guardia Civil y su devolución inmediata fue “consecuencia de su propia conducta”.

El caso original solo se refería a la situación de dos subsaharianos expulsados en caliente en 2014 tras saltar la valla de Melilla y en la sentencia de 2017 la corte europea se limitaba a ordenar a España el pago de una indemnización de 5.000 euros a cada afectado.

El Gobierno de Rajoy incluyó en 2015 una disposición adicional en la Ley de Seguridad Ciudadana para dar cobertura legal a esas devoluciones como 'rechazo en frontera' y el TEDH aceptó el recurso del Ejecutivo español, que posteriormente mantuvo el Consejo de Ministros socialista, algo que ocurre cuando "el asunto plantea una cuestión grave relativa a la interpretación o a la aplicación del Convenio o de sus Protocolos o una cuestión grave de carácter general”, según estipula el propio Convenio Europeo de Derechos Humanos.

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