A vueltas con los turnos de descanso en Servilimpce. El sindicato UNT ha remitido este miércoles un escrito a la Gerencia de la empresa pública en la que le advierte del inicio de acciones sindicales y legales si continúa sin respetar el descanso compensatorio de los trabajadores e imponente turnos de forma arbitraria.
“Queremos manifestar formalmente nuestra disconformidad y rechazo ante la práctica que se está produciendo en relación con el descanso compensatorio de los trabajadores obligados a prestar servicio en sus días de descanso”, arranca el sindicato su escrito.
Así relata que se estarían dando situaciones en las que la empresa habría “obligado” a trabajadores a desempeñar sus funciones “en un día que correspondía a su descanso, posteriormente la empresa deniega el día solicitado por el trabajador, alegando que no cumple el ciclo semanal establecido en el convenio”.
Esa práctica la entiende el sindicato contraria a lo pactado entre la plantilla y la empresa. Y así recuerda que “cuando es la empresa quien altera unilateralmente el descanso semanal, obligando al trabajador a prestar servicio en un día que era de descanso, no puede utilizar posteriormente el convenio como excusa par negar el descanso compensatorio”.
Esa figura, la del descanso compensatorio, recuerda UNT nació precisamente por una imposición empresarial, “por lo que debe concederse en condiciones que no perjudiquen al trabajador y pactarse con éste, no imponerse de manera arbitraria”.
Así avisa el sindicato de que la dirección de Servilimpce estaría interpretando el convenio de forma “restrictiva” y en claro “perjuicio del trabajador”, algo que, apunta, no puede hacer, especialmente cuando el incumplimiento del ciclo semanal no es imputable al trabajador, sino consecuencia directa de una decisión de la empresa”.
Negar esa compensación de descanso considera UNT que “supone vaciar de contenido el derecho al descanso”, de formar contraria al espíritu del convenio y a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.
Así exige a la gerencia que respete el derecho del trabajador a disfrutar del descanso compensatorio acordado. Que dicho descanso sea pactado con el trabajador afectado y que “cese inmediatamente esta práctica” de imposición de turnos sin respeto a los descansos.



