El nuevo Estatuto Básico del Empleado Público impide que un cargo político forme parte de los tribunales seleccionadores, motivo por el que el cargo de presidente del comité de selección, que hasta el momento recaía en la persona que ostentase la competencia en materia de personal, en este caso el viceconsejero de Recursos Humanos, pasa a un empleado público nombrado por la Viceconsejería.
El resto de miembros que componen el comité no varía, con un secretario que será un empleado público con voz pero sin voto, y seis vocales, tres designados por la Viceconsejería de Recursos Humanos y tres por el Comité de Empresa a propuesta de los sindicatos, que tendrá también un observador con voz pero sin voto. También hay cambios en el procedimiento para avisar a los seleccionados. Anteriormente, la Viceconsejería notificaba al aspirante seleccionado por teléfono, y si no se presentaba en plazo o no se lograba establecer la comunicación se le remitía un telegrama para que compareciese en dos días. Ahora, si el candidato no acude, habiendo sido citado, se llamará al siguiente de la lista.