Regulación

Así es el borrador de normas de uso del Parque de Perros que Búscome presentará al Gobierno

Parque canino perros
photo_camera Búscome quiere regular el uso del Parque de Perros./archivo

La Asociación Búscome, tal y como anunció cuando denunció que el sistema de recogida de animales no funcionaba, va a presentar próximamente y de manera oficial al Gobierno de la Ciudad, un Reglamento para el uso y disfrute de las zonas caninas de Ceuta. En concreto la entidad ha puesto el punto de mira en el parque de perros que utilizan muchas personas de cuya sensibilidad para mejorar mediante algunas normas de convivencia entre mascotas y dueños se ha hecho eco la asociación. “Actualmente no hay nada regulado, motivo por el que varias personas han dejado de acudir para evitar enfrentamientos normales que se producen cuando no hay una regulación ordenada”, ha explicado Búscome a través de un comunicado.

 “Este Reglamento se basa en una recopilación de lo que tienen implantado otras autonomías. Por eso, no creemos que vaya a suponer ningún inconveniente para que la Ciudad lo apruebe en el Pleno, no sin antes ser enmendado por las asociaciones dedicadas a los animales, protectora y ciudadanía en general”, ha avanzado la asociación.

En este sentido, “también instamos a que el Gobierno habilite nuevas zonas recreativas para las mascotas, pues hay que recordar que Ceuta es una de las pocas ciudades que no cuenta con una playa para perros, entre otras cuestiones”.

Por último, “nos ha llegado que el sistema de recogida de animales está funcionando desde hace unos días, algo que nos alegra enormemente, pues era escandaloso que tras una adjudicación  se negaran a recoger a un animal perdido o abandonado. No obstante, estaremos pendiente que sea cierto y que se cumpla el pliego de manara integral”, ha añadido Búscome.

El borrador que harán llegar al Gobierno es el que sigue:

REGLAMENTO PARA EL USO Y DISFRUTE DE LAS ÁREAS DE RECREO CANINO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA (Parque de perros) 

Ceuta valora y, por eso, apuesta por la buena convivencia entre las mascotas, en este caso los perros, y las personas. Para ello, a través de la creación de este Reglamento, se pretende afianzar en calidad y prevención las zonas habilitadas para la recreación de las mascotas, como es el parque de perros, único sitio donde se puede soltar libremente al animal, sin que exista un peligro para los perros y las personas usuarias.  

Actualmente, es el parque de perros situado en la Marina, junto al Helipuerto, el lugar habilitado por la Administración Local para que los animales puedan dar cobertura a sus necesidades fisiológicas, sociales y emocionales.  

La Ciudad Autónoma de Ceuta, en su Reglamento para la tenencia, protección y bienestar de los animales domésticos aprobado el 23 de marzo  de 2015, dice en el Artículo 5. que el Ayuntamiento promoverá espacios y lugares de esparcimiento para los animales de compañía.  

Y en este deber, el Ayuntamiento regulará dichos espacios que tendrán que estar debidamente señalizados y regularizados, mediante la aplicación de una normativa que será de obligado cumplimiento 

BORRADOR DE LAS NORMATIVAS 

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.  

Regular las condiciones de uso de los espacios públicos urbanos especialmente habilitados para los animales y sus propietarios y propietarias, así como todos aquellos que se pudieran crear en un futuro. 

Artículo 2. Objetivos del parque de perros o de las áreas de recreo canino. 

- Otorgar a la ciudadanía de Ceuta un lugar distendido al recreo canino.  

- Mejorar la convivencia y el vínculo entre la ciudadanía y sus perros.  

- Disponer de un recinto para la práctica de actividades caninas como las pistas de agility u otros deportes. 

Artículo 3. Las personas usuarias del parque de perros y de todas las zonas caninas que podrán crearse en un futuro. 

Quienes acudan al parque de perros serán los propietarios o propietarias de dichas mascotas o las personas que están a cargo y, por tanto, se responsabilice de todo lo pase en el área canina. También podrá acudir cualquier persona mayor de 14 años siempre que cumpla las normativas de dicho reglamento y no ponga en riesgo la convivencia de los perros y sus dueños y dueñas. Para poder interactuar con un perro necesitará la aprobación de la persona propietaria. Las personas menores de 14 años deberán ir acompañadas de una persona adulta responsable del menor. 

Artículo 4. Funcionamiento 

Respecto el horario aconsejamos aumentar el mismo, para dar cobertura a los perros que necesiten salir en horas donde no hay mucha afluencia y tienen problemas de reactividad y están en un programa de educación canina (desensibilización sistemática ). 

NORMAS 

- Recinto de uso exclusivo de mascotas caninas y acompañantes.

- Prohibida la entrada a hembras en celo o, en su caso, tendrá que estar habilitado el espacio que hay para ello, siempre que no esté usado por otros perros con problemas de comportamiento.

- No podrá entrar al parque de perros aquellos que lleven collares de púas o dientes, recordando que está prohibido su uso en la ciudad de Ceuta.  

- Los perros tendrán que estar en todo momento acompañados de su propietario o propietaria, o de la persona encargada de su cuidado. El perro tiene que estar vigilado constantemente.

- Queda prohibido dejar al perro solo en el parque de perros.  

- Únicamente podrán entrar aquellas perros que están censados y cumplan la normativa vigente en materia higiénico-sanitaria.  

- Es obligatorio recoger los excrementos que generen las mascotas y depositarlos en las papeleras.  

- La puerta del recinto debe permanecer en todo momento cerrada.

- Los animales deben entrar y salir del área sujetos con correa. Los perros deben entrar en el área canina sujetos con correa y no se soltarán hasta haber cerrado la puerta. Se sujetarán con la correa antes de abrir la puerta para salir. Es importante que el perro no se suelte hasta que se encuentre en un estado de calma.  

- Los perros potencialmente peligrosos, según la legislación específica, únicamente podrán estar sueltos en el área si no hay otro usuario o usuaria.

- Los perros deben estar con collar en todo momento para facilitar su separación en caso de enfrentamiento.

- Aquellas mascotas que estén catalogadas como potencialmente peligrosas o con características que así lo aconsejen (fuerte musculatura, grandes mandíbulas, agresividad), según legislación específica, deberán estar permanente con bozal.

- Si un animal se muestra agresivo deberá abandonar el área inmediatamente hasta que se tranquilice. La persona responsable deberá cogerlo inmediatamente de la correa y llevárselo o tenerlo controlado debidamente sujeto, siempre que tenga controlada la situación. En el caso contrario deberá abandonar el recinto.  

- Se permite el uso de pelotas y juguetes, salvo que éstos provoquen una situación de protección de recurso. En ese caso deberán ser retirados.    

- No hay tiempo máximo de permanencia en el recinto, salvo excepciones.  

- Queda prohibido entrar al parque de perros con comida.  

- Es importante no permanecer todo el rato sentado para favorecer la interrelación ente los perros.  

- Si tu mascota, ya sea hembra o macho, monta es vital redirigirlo.

Artículo 5. Responsabilidad y obligaciones

El Ayuntamiento de Ceuta, como titular de las áreas de recreo canino, es responsable de su mantenimiento, llevando a cabo las actuaciones necesarias para que las condiciones higiénico-sanitarias sean adecuadas, entre las que se encuentran la limpieza, así como la reparación de los desperfectos en el suelo y mobiliario urbano (bancos, papeleras y pictogramas), riego periódico, tratamientos de desinfección, trabajos de jardinería, etc.

Las personas usuarias estarán obligadas a respetar las normas  de uso de las áreas de recreo canino, siendo responsables legales de cualquier tipo de daños que se pudiera ocasionar, así como de cumplir la normativa vigente en materia de protección de animales domésticos, tenencia de animales potencialmente peligrosos y el Reglamento de Protección Animal.  

Artículo 6. Regímenes de sanciones

Tendrá que existir un régimen de sanciones.

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