Toque de atención

La Ciudad llama la atención sobre los comportamientos incívicos en la costa tras varios incidentes

Un piragüista pasa junto al servicio de limpieza en la playa de la Ribera
photo_camera Un piragüista pasa junto al servicio de limpieza en la playa de la Ribera

La Administración recuerda la normativa aplicable a los artefactos flotantes en las playas de Ceuta y el uso de los canales de navegación para evitar sorpresas desagradables en las zonas marítimas

Dado que se han registrado diversos incidentes relacionados con el uso de artefactos flotantes en las playas de Ceuta y el uso de los canales de navegación, la Ciudad ha creído conveniente informar a la población sobre lo que sí se puede o no utilizar en las zonas marítimas. A la vez que ha llamado la atención sobre comportamientos incívicos.

Por un lado, recuerda, que dentro de los artefactos flotantes de recreo sin autopropulsión se consideran incluidos piraguas, kayacs, canoas sin motor, patines de pedales, tablas a vela, tablas de paddle surf y similares. Y su uso está prohibido en el interior de las zonas de baño balizadas, ya que su rigidez, el empleo de remos y la posesión de quillas supone un riesgo para los bañistas. En las playas balizadas deben usar los canales de navegación cuando estén instalados y en los tramos de costa no balizados pueden salir desde la playa o varar en ella siguiendo una trayectoria perpendicular a la línea de costa.

De hecho, en las zonas de baño debidamente balizadas está prohibida la navegación para las embarcaciones de recreo, los artefactos flotantes de recreo y los artefactos náuticos de recreo autopropulsados. A su vez, los bañistas y buceadores no podrán acceder a los canales de lanzamiento y varada.

Además, el lanzamiento y la varada de embarcaciones de recreo, motos náuticas y artefactos náuticos de recreo autopropulsados está expresamente prohibido en los canales habilitados en la Playa de la Ribera, Playa del Chorrillo y Playa Benítez. Aunque sí se podrá hacer en Calamocarro, aunque a una velocidad máxima de tres nudos.

Por su parte, en todos los canales de navegación está prohibido el fondeo de cualquier tipo de embarcación o artefacto flotante; al contrario.

Existe una excepción, ya que los clubes y las empresas de alquiler sí podrán solicitar autorización a la Capitanía Marítima para el uso de los canales por sus embarcaciones de apoyo para la práctica de actividades náutico-deportivas relacionadas con la vela ligera, kayaks, piraguas y canoas, tablas a vela y patines a pedales.

Fuera de las zonas de baño

En los tramos de costa que no estén balizados como zona de baño se entenderá que ésta ocupa una franja de mar contigua a la costa de una anchura de 200 metros en las playas y 50 metros en el resto de la costa. Dentro de estas zonas no se podrá navegar a una velocidad superior a tres nudos. 

Como regla general, en estos tramos de costa no balizados las embarcaciones de recreo, los artefactos flotantes de recreo y los artefactos náuticos de recreo autopropulsados podrán salir desde la playa o varar en la misma: para ello deberán seguir una trayectoria perpendicular a la línea de costa, a una velocidad máxima de nuevo de tres nudos.

Comportamientos incívicos con las redes de medusas

Por otra parte, como ocurre todos los años, de forma reiterada la Ciudad advierte que se han observado comportamientos incívicos en las redes de medusas, que impiden su funcionalidad y provocan daños en su estructura, permitiendo la entrada de medusas a las zonas protegidas y generando el riesgo de picaduras a los bañistas.

Tanto en este caso como en el del uso de artefactos flotantes, incide la Administración, se hace caso omiso de las advertencias y avisos emitidos por el servicio de salvamento u otro personal, por lo que resulta necesario solicitar a los usuarios de las playas su colaboración y el cumplimiento de las normas descritas, de forma que quede asegurada la debida protección de los bañistas.

 

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