Los cinco militares grabaron el vídeo con insultos al monarca y la quema de su retrato en julio de 2005 y lo transmitieron por Internet en febrero de este año. En esa fecha, el jefe de la Fuerza Terrestre del Ejército, teniente general Pedro Pitarch, del que dependen las unidades militares de Ceuta y Melilla, ordenó la apertura de una investigación para determinar lo sucedido. Una vez confirmados los hechos, el jefe de la Fuerza Terrestre informó al juez togado militar de Ceuta, que inició un procedimiento judicial.
La acción realizada por los cinco militares puede ser constitutiva de un delito contemplado en el Código Penal Militar, así como de una sanción por falta grave según la Ley de Régimen Disciplinario. El Código Penal Militar establece en su artículo 89 que el Militar que "ofendiere o ultrajare a la Nación española, su Bandera, Himno o alguno de sus símbolos o emblemas será castigado con la pena de uno a seis años de prisión, pudiendo imponerse, además, la pena de pérdida de empleo". "Cuando el delito fuere cometido con publicidad o cualquier medio de difusión se impondrá la pena de tres a diez años de prisión.
El militar que ofendiere o ultrajare a las insignias o emblemas militares ser castigado con la pena de prisión de cuatro meses a cuatro años", estipula el citado artículo sobre "atentados y desacatos a autoridades militares, ultrajes a la nación o a sus símbolos e injurias a los Ejércitos".