Un expediente que pasará al Togado Central, después de la inhibición del Territorial el pasado 13 de marzo, tras recibir el pertinente informe del fiscal jurídico militar. El fiscal realizaba este informe basándose en la Ley Orgánica de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar, que señala que la instrucción de procedimientos a militares con empleo igual o superior al de comadante debe hacerse en un Juzgado Togado Militar Central.
Un informe en el que el fiscal también señalaba que, sin entrar a valorar la posible existencia de infracción delictiva, el propio asesor jurídido de la Comandancia indica en el punto quinto de su escrito de conclusiones que la ausencia de justificación en las peticiones, la falta de claridad, el objetivo demasiado general, o el hecho de estar originadas por noticias publicadas en la prensa, algunas de ellas son de dudosa justificación, por lo que pueden incidir en el ámbito de la privacidad e intimidad de los sujetos investigados, por lo que podría darse una caso de extralimitación en las funciones, lo que podrían suponer una pena de 3 meses a 2 años de cárcel, frente a un posible cargo de investigación a civiles en tiempo de paz, que ni tan siquiera se estudia en las conclusiones, y que podría conllevar más de 25 años de cárcel, según fuentes jurídicas.