NO ES FIRME

Un juzgado condena a Redondo y VOX a pagar 10.000€ a uno de sus ex militantes por mancillar su honor

Un juzgado condena a Redondo y VOX a pagar 10.000€ a uno de sus ex militantes por mancillar su honor
Concentración Vox Juan Sergio Redondo Romina Reyes Teresa López -11
Redondo megáfono en mano en una concentración de VOX./archivo
El partido y Redondo aún tienen todo el mes de febrero para recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 5 de Ceuta ha condenado a VOX y a su líder, Juan Sergio Redondo, a pagar 10.000 euros a su ex compañero, Juan Manuel Aguiar, al considerar que el líder de la formación y el propio partido cometieron una intromisión ilegítima en su derecho al honor, con publicidad en redes sociales, prensa, radio y televisión y los consecuentes daños morales causados. El Juzgado además condena a la formación a hacerse eco de la sentencia remitiendo una nota de prensa a todos los medios de comunicación de Ceuta (algo que obligaría al partido a hacer una excepción en su actual política de comunicación por la que no le remite sus comunicados a todos los medios, como por ejemplo este).

La sentencia no es firme y cabe recurso ante la Audiencia Provincial antes de que finalice este mes de febrero, dado que da a Redondo y el partido 20 días para el recurso.

Los hechos por los que ha resultado condenado Redondo tienen que ver aún con la publicación de los mensajes de contenido racista que se hicieron públicos a principios de 2020, coincidiendo con el cambio de apoyo por parte del PP que había iniciado la legislatura pactando con el PSOE para la investidura de Vivas y acabó echándose en brazos de VOX durante el 2020, para sacar adelante los presupuestos, y comprobar la imposibilidad de avanzar de la mano de VOX para las cuentas de 2021 y retornando a apoyarse en el PSOE.

Aquellos mensajes que provocaron una de las manifestaciones más multitudinarias de la última década en la ciudad, y que se atribuyeron a algunos de sus líderes, desataron a su vez en paralelo una batalla judicial.

VOX se querelló contra dos de sus ex militantes, uno de ellos Aguiar, y la editora de una medio de comunicación. Consideraba el partido que los tres habían urdido “un entramado delictivo”. Y al interponer la denuncia tanto Redondo como el partido le dieron publicidad y según señala el auto lo hicieron “aun cuando desconocía cuál iba a ser el resultado final de aquella denuncia en el órgano judicial”.

“Dado que es evidente que la información transmitida por el codemandado (Redondo) era cierta de la imputación, no lo era respecto de la conformación de un entramado delictivo con el resto de personas por delitos de extorsión y de chantaje a pesar de que la denuncia fue inadmitida. Luego entiendo que efectivamente se vio vulnerado el derecho al honor del hoy actor sin que esa vulneración pueda tener amparo en la libertad de expresión del codemandado Don Juan Sergio ni de información. Entiendo que el derecho al honor del actor ha quedado vulnerado”, recoge la sentencia firmada por el titular del juzgado, Antonio Pastor Ranchal.

El Juzgado es el mismo que en su día archivara precisamente esa querella de Redondo con una importante contundencia desestimando uno por uno los cargos de coacciones, calumnias, injurias, extorsión y asociación ilícita. En aquel auto el magistrado llegaba a decir que el partido “echa piedras sobre su propio tejado” al considerar que los mensajes publicados, los suyos podrían ser constitutivos de un delito de odio. Algo que bien habría ayudado a la causa, archivada también por el mismo juzgado, por los mismos mensajes que interpuso MDyC contra la formación.

Tras el archivo de la querella interpuesta por Redondo y VOX, Aguiar ya había denunciado a VOX y Redondo, pero en la vía penal. Tampoco prosperó, y el mismo juzgado dejaba abierta la puerta a una demanda civil. Pasos que ha seguido Aguiar, de momento, por primera vez con éxito.

A la publicidad dada por Redondo y VOX en julio de 2020 al interponer la querella contra Aguiar y dos personas más, suma el juzgado la publicidad que la formación y su líder volvieron a dar en el mismo sentido al archivarse la querella por la vía penal.

Aguiar pedía 45.000 euros, que el Juzgado ha rebajado a 10.000 euros al entender que se trataría de una cantidad “excesiva” por mucho que se quieran computar los daños morales que casi sin excepción son consecuencia cuando se comete un delito contra el honor.

En el fallo de la setencia, el Juzgado además de apreciar que Redondo en calidad de jefe de VOX Ceuta “ha llevado a cabo una intromisión ilegítima en el honor” de Aguiar, lo habría hecho “con publicidad” y “a sabiendas de que era falsa y debido a la publicidad que se le dio sin esperar al resultado en el Juzgado”.

Además, condena a la formación a hacerse eco de la sentencia a través de un comunicado que ha de remitir a todos los medios de comunicación de la ciudad.

El partido y el propio Redondo habían planteado el archivo de la demanda civil de Aguiar, con dos argumentos que tumba la sentencia. El primero de ellos es cuanto menos curioso:

“Alega la parte demandada dado que no existe relación alguna entre el demandado y el objeto del proceso manifestando que no fue autor de los mensajes ni de las noticias que se publicaron.

La excepción ha de desestimarse desde el mismo momento en que el propio codemandado don Juan Sergio es el responsable directo de lo que publica el grupo VOX-Ceuta al ser él mismo el jefe del grupo y por ende, el máximo responsable de la organización en esta ciudad”, recoge la sentencia.

Desde la parte del demandante consideran que si las otras dos personas a las que señaló VOX siguieran sus mismos pasos, seguramente obtendrían el mismo resultado.

A Redondo le ha defendido en esta causa el abogado José María Ruíz Puerta, al que diversas informaciones vinculan como uno de los últimos dirigentes del Círculo Español de Amigos de Europa, una especie de partido abiertamente pro nazi y antisemita.

Un juzgado condena a Redondo y VOX a pagar 10.000€ a uno de sus ex militantes por mancillar su honor


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