Sobre la reforma constitucional


Sobre la reforma constitucional
Parece que estamos ante la segunda reforma constitucional. Las reformas constitucionales, especialmente las que no tocan esos aspectos esenciales o señeros de los estados, suelen ser más habituales de lo que en España estamos acostumbrados porque en nuestro país se ha dado un proceso de idolatrización de la Constitución casi sin parangón. La instauración del [...]

Parece que estamos ante la segunda reforma constitucional. Las reformas constitucionales, especialmente las que no tocan esos aspectos esenciales o señeros de los estados, suelen ser más habituales de lo que en España estamos acostumbrados porque en nuestro país se ha dado un proceso de idolatrización de la Constitución casi sin parangón.

La instauración del régimen democrático fue complicada y no el cuentito de hadas de acuerdos y apretones de manos que muchas veces se nos ha querido dar a entender. La búsqueda de la estabilidad política se basó en la incoluminidad de la Constitución para evitar dos grandes debates constitucionales: la Corona y la autodeterminación. Esto ha creado en el mito de que la reforma constitucional solamente se puede dar mediante un oportuno ‘rompimiento de gloria’ con nuestros líderes y ciudadanos transidos de un arrebato de misticismo político-jurídico.

Las dificultades de reforma constitucional, además del delirante sistema del artículo 168 CE, se basan en la capacidad de veto que se le da a uno de los dos principales partidos del país, sin cuyo concurso es imposible la reforma constitucional. Con mayorías exigentes se daba además la posibilidad a los nacionalistas y a los comunistas, principalmente, de dilatar la reforma llamando a referéndum, lo que en el caso de los comunistas era la siempre cómoda ‘apellatio in populum’ y de la que ellos esperan la conformidad con sus planteamientos.

La evolución electoral de nuestro país y una torpeza política inenarrable han hecho que el PCE/IU desaparezca prácticamente como fuerza parlamentaria asumiendo el PSOE prácticamente todos sus escaños. Si a ello le unimos la unificación de toda la derecha en el PP y la que se había hecho de la izquierda no comunista en el PSOE, tenemos que los márgenes de dilación de la reforma por vía de referéndum ya no existen, salvo que asistamos a cierto número de indisciplinas, algo poco probable cuando los partidos están redactando sus listas para en 20-N.

¿Debería haber referéndum? Las Cortes, según la Constitución, tienen la capacidad de ejercer el poder constituyente constituido (pedantería de regalo) y cuando votamos en las Elecciones Generales damos por hecho que esos diputados y senadores pueden reformar la Constitución sin necesidad de recurrir a un referéndum.

No hay falta de legitimidad a la hora de afrontar la reforma constitucional sin referéndum, un referéndum que curiosamente nadie echó de menos en 1992. Que se cubra la legitimidad y la legalidad no quiere decir que se haga con plenitud ya que en asuntos trascendentes la consulta popular refuerza la decisión.

Creo que debería hacerse primero una buena reforma constitucional (ni rígida ni desvaída) y que debería ser sometida a referéndum. De hecho creo que el referéndum estaría ganado desde ya por una mayoría abrumadora si los dos principales partidos movilizan a los suyos y juegan con ejemplos sencillos y falsos como la equiparación del estado a una familia. De hecho un solo partido mayoritario puede ganar un referéndum en un tema mucho más sensible como fue el de 1986 sobre permanencia en la OTAN o el de la Constitución Europea, con campañas de mínimo entusiasmo.


Filed under: Celtiberia, Derecho Constitucional, Izquierda Unida, Partido Popular, Política, PSOE

Posted originally: 2011-08-25 14:31:42

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