Los criterios de reparto de fondos para la promoción de la salud se harán de la siguiente manera:
1. Una cantidad lineal a cada Comunidad Autónoma de 10.818,22 euros.
2. Una cantidad en función de la población total de cada CCAA del total restante (1.979.735,26 euros).
Los fondos deberán destinarse en 2009 a acciones y proyectos que cumplan con los siguientes principios generales:
• Programas de salud basados en la solidaridad y equidad, lo que implica una contribución a la reducción de las desigualdades sociales en salud.
• Las acciones orientadas a enfermedades específicas deben integrarse en las estructuras y servicios existentes a fin de garantizar mejores resultados y que sean sostenibles.
• La creación de empleo, particularmente en áreas y a personas en desventaja, debe caracterizar las acciones desarrolladas.
• La necesidad de contribuir a la cohesión y cooperación en materia de salud pública.
• Las acciones implantadas deben estar basadas en las mejores pruebas científicas disponibles y tienen que ser eficientes, eligiendo las que alcancen máxima efectividad a menor coste.
•Entre los fines y actuaciones de los sistemas sanitarios se encuentra la prestación de servicios sanitarios a la totalidad de individuos y poblaciones y, sobre todo, a los grupos vulnerables, en respuesta a sus necesidades concretas según sexo, edad, raza o nivel de ingresos, los programas específicos dirigidos a enfermedades concretas y el derecho a la privacidad, dignidad y confidencialidad.