¿Y si no contarámos a los extranjeros para atribuir escaños a las provincias?


¿Y si no contarámos a los extranjeros para atribuir escaños a las provincias?
Los arts. 68.2 de la Constitución y 162 Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) establecen que para calcular los escaños que han de corresponderle a cada provincia, además de los dos mínimos, hay que hacer un cálculo proporcional atendiendo a la población que tiene cada provincia. Estos preceptos de una época en los que [...]

Los arts. 68.2 de la Constitución y 162 Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) establecen que para calcular los escaños que han de corresponderle a cada provincia, además de los dos mínimos, hay que hacer un cálculo proporcional atendiendo a la población que tiene cada provincia.

Estos preceptos de una época en los que la población extranjera en España era una porción insignificante, de forma que la equivalencia entre habitantes y ciudadanos españoles era bastante aproximada.

Según los datos del último padrón hay más de cuatro millones y medio de extranjeros viviendo en España, al menos empadronados en nuestros ayuntamientos. Esta cifra ya es relevante y la equivalencia entre habitantes y ciudadanos españoles empieza a no ser ni aproximada.

Con la legislación electoral en la mano, los extranjeros empadronados computan en esa provincia a la hora de atribuirle escaños, aunque no voten, produciendo el extraño efecto de que los ciudadanos de una provincia de hecho tienen más de un voto por persona.

Si se cambiase lo dispuesto y el cómputo se hiciera teniendo en cuenta únicamente a los ciudadanos españoles ¿cambiaría algo? Pues sí, siete provincias tendrían un diputado más y siete provincias, correspondientemente, tendrían un diputado menos.

Las provincias que ganarían un representante en el Congreso serían las de A Coruña, Córdoba, Pontevedra, Salamanca, Sevilla, Soria y Vizcaya. Las provincias que perderían un escaño serían las de Alicantes, Almería, Illes Balears, Girona, Madrid y Murcia.

¿Tienen estos cambios consecuencias en los resultados si utilizamos los votos de las últimas elecciones generales? Lo veremos en la próxima entrada.


Filed under: A Coruña, Alicante, Almería, Barcelona, Córdoba, Celtiberia, Ciencias Políticas, Derecho Constitucional, Elecciones, Girona, Illes Balears, Madrid, Murcia, Política, Pontevedra, Salamanca, Sevilla, Simulaciones electorales, Soria, Vizcaya
Posted originally: 2010-11-22 09:00:53

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