Vivas elige el Príncipe para dar lustre mediático a su gestión antes de la convocatoria de comicios


Vivas elige el Príncipe para dar lustre mediático a su gestión antes de la convocatoria de comicios


- La nueva Ley, que PP y PSOE quieren matizar, prohíbe a partir del martes cualquier acto organizado o financiado por los poderes públicos que contenga alusiones a los logros obtenidos y también cualquier inauguración de obras o servicios públicos

- Hasta el inicio legal de la campaña quedará vetada también la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales

El presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, Juan Vivas, ha elegido la barriada del Príncipe Alfonso para organizar este jueves el que probablemente sea el último acto de promoción de la gestión que ha realizado su Gobierno durante los últimos cuatro años. El líder del Ejecutivo autonómico, que prepara esta visita desde hace más de una semana con abundante logística, se personará en la zona, donde el PP suele cosechar sus peores resultados electorales, para conocer de primera mano el resultado de los proyectos impulsados en el marco del Plan de Urbanización del área, según han avanzado desde el Palacio autonómico este miércoles.

A partir del martes todas las actividades que organice el Gobierno local deberán limitarse o disfrazarse. La reforma de Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) publicada el pasado 29 de enero en el BOE establece que desde de la convocatoria de las elecciones autonómicas y municipales del próximo 22 de mayo, trámite que se producirá este domingo, quedará prohibido "cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".

Igualmente y durante el mismo periodo está vetado "realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada".

El Ejecutivo ceutí salvó con margen, a finales de febrero, la posibilidad de colocar la placa del Gran Teatro Auditorium Revellín, pero no podrá convocar ningún acto pomposo para 'vender' con corte de cinta incluido la culminación de los garajes subterráneos del 'Plan Aparca', cuya liquidación mediante enajenación ha encallado con el rechazo de los vecinos de Terrones, San José-Hadu y el Polígono a pagar los primeros precios establecidos para las plazas por la Administración local. Ello no quiere decir que no puedan abrirse, ya que la legislación advierte de que la prohibición extendida sobre su promoción no implica que cualquier obra o servicio terminado no puedan "entrar en funcionamiento en dicho periodo".

Todo esto, claro, según la Ley. La realidad puede variar sensiblemente si prospera la intención de Populares y socialistas de que se permita a los cargos públicos visitar obras acompañados por los periodistas cuando "puedan proporcionar información estrictamente sobre el estado de ejecución de las obras" a través de las instrucciones que debe dar la Junta Electoral para desarrollar y concretar el texto legal.

Los grupos nacionalistas y UPyD entienden, sin embargo, que estos matices a la Ley la desvirtúan, por lo que argumentan que deben quedar prohibidos los actos de gestión ordinaria de las obras o servicios, como las visitas a dichas obras, “sin perjuicio de la información estrictamente técnica que se pueda proporcionar sobre el estado de ejecución de las obras o la simple puesta en funcionamiento de los servicios, que en ningún caso podrán contener alusiones a las realizaciones o a los logros conseguidos por los poderes púbicos afectados”.

Restricciones a la publicidad y a la propaganda partidista

Desde el lunes deberán desaparecer también de los medios donde los hayan insertado anuncios como el que viene publicitando la candidatura del socialista José Antonio Carracao a la Presidencia de la Ciudad bajo el título 'Se ofrece presidente con ideas'. La LOREG deja bien claro que "desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales".

Dichas actuaciones no podrán justificarse ni siquiera "por el ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones", el único resquicio que deja la norma a la actividad de estas entidades. Durante los quince días de campaña no podrán contratarse tampoco espacios de publicidad electoral ni en los medios de comunicación de titularidad pública "ni en las emisoras de televisión privada", ya que las candidaturas "tienen derecho a espacios gratuitos de propaganda en las emisoras de televisión y de radio de titularidad pública conforme a lo establecido en los artículos siguientes".

Eso sí, PP y PSOE han pactado pedir a la Junta Electoral que "las formaciones políticas y los candidatos podrán contratar espacios publicitarios con el fin exclusivo de dar a conocer sus actos". Así, bastaría con incluir en una cuña o un cartel una referencia a un acto para que se esté sorteando el precepto legal que impide las precampañas.

Las informaciones de las televisiones privadas "deberán respetar los principios de pluralismo e igualdad" y "los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates y entrevistas electorales así como en la información relativa a la campaña electoral de acuerdo a las Instrucciones que, a tal efecto, elabore la Junta Electoral competente". Los principales partidos defienden también que las cadenas privadas de televisión tengan que informar de la campaña electoral de los partidos "en función de los resultados que estos cosecharon en los anteriores comicios" y que, si alguna emite un 'cara a cara' entre los dos principales líderes, deberá dar después un debate con todos los candidatos en liza, el mismo requisito que se impone desde hace años a las públicas.

Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación.

Calendario electoral

Según el calendario electoral, el 1 de abril se constituirán las juntas electorales provinciales y de zona; del 6 al 13 se expondrá en los ayuntamientos el censo electoral; y del 13 al 19 de abril los partidos y coaliciones podrán presentar sus candidaturas para las elecciones autonómicas y municipales, que se proclamarán el día 25.

Del 23 al 27 de abril se procederá al sorteo de los miembros de las mesas electorales y el 12 de mayo acaba el plazo para pedir el voto por correo, mientras que la campaña electoral empezará el 6 de mayo y acabará el día 20, dos días antes de la jornada electoral.

El escrutinio general se desarrollará del 25 al 28 de mayo; y el 29 de mayo se procederá a la proclamación de los electos por parte de las juntas electorales.

- Revise las novedades introducidas en la LOREG.

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