El Juzgado rechaza tres despidos en la Ciudad amparados en que el Estado recorta sus transferencias


El Juzgado rechaza tres despidos en la Ciudad amparados en que el Estado recorta sus transferencias

- El veredicto deja claro que "la presunta inexistencia de subvenciones otorgadas por el Estado central no supone la desaparición de la actividad desarrollada"

- CSI.F considera que la sentencia sienta precedente en el caso de que colectivos como el del Convenio MECyD-Ciudad corran la misma suerte que los tres trabajadores sociales despedidos en abril, que deberán ser readmitidos en sus puestos

El Gobierno de la Ciudad Autónoma que preside Juan Vivas se ha llevado un varapalo en el Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta, que le ha ordenado readmitir a los tres trabajadores sociales que desde 2008 hasta abril mantenía contratados en el marco de su Convenio con el Ministerio de Trabajo y del Plan de acción para la acogida e integración social de inmigrantes.

Este año, en plena tormenta económica, el Estado dejó de aportar 370.000 euros al proyecto (el 37% de su presupuesto anual, un millón de euros) y la Administración social quiso soltar lastre. Medio año después, el magistrado le ha dado un pescozón: "La causa del contrato temporal es la ejecución del Convenio, que se mantiene de alguna manera vivo porque no ha sido denunciado expresamente y la presunta inexistencia de las subvenciones otorgadas por el Estado no supone la desaparición de la actividad desarrollada, por lo que no es suficiente para entender cumplido el objeto del contrato la falta de transferencias", argumenta el veredicto.

CSI.F, el sindicato que entabló el litigio en defensa de los tres trabajadores a los que, a diferencia de a sus 20 compañeros, en diciembre pasado sólo se les renovó por tres meses y acabaron finiquitados en primavera, entiende que la importancia de la sentencia va mucho más allá de su caso particular y que sienta un importante precedente sobre los derechos de todos esos empleados a los que el Ejecutivo local no considera "empleo estructural" de la Ciudad, como los del Convenio con el MECyD.

"La causa alegada por la entidad empleadora para reducir la prórroga, la no subvención estatal", añaden los Fundamentos de Derecho de la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Ceutaldia.com, "constituye una suerte de despido económico encubierto y, por lo tanto, entender que ha finalizado el contrato por expiración natural del tiempo no es aceptable entre otras cosas porque en los contratos temporales por obra o servicio determinado lo relevante es el mantenimiento o no del mismo y no del tiempo indiciariamente previsto".

El Juzgado considera que el cese en la relación contractual de los tres trabajadores sociales fue un despido "improcedente" y ordena que dos de ellos sean readmitidos en sus puestos "en las mismas condiciones que venían disfrutando" y ofrece al tercero la misma alternativa o cobrar una indemnización de 12.370 euros "y, en su caso, los salarios de tramitación".

Además, el magistrado ponente advierte de que los demantantes, renovados durante más de tres años con contratos temporales, podrían reclamar pasar a ser fijos "a tenor de la disposición de la Ley de Reforma Laboral de 2010 sobre limitación de encadenamiento de contratos temporales".

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