Aportar el título


Aportar el título
Hace tiempo escribí una entrada, recordando un olvidado precepto de la Ley 30/92 sobre el derecho a no aportar documentos que la Administración. Hoy me gustaría centrarme en un caso particular: los títulos académicos oficiales. La administración española, u organismos de ésta, son los que expiden todos los títulos con validez oficial. Existe un registro [...]

Hace tiempo escribí una entrada, recordando un olvidado precepto de la Ley 30/92 sobre el derecho a no aportar documentos que la Administración. Hoy me gustaría centrarme en un caso particular: los títulos académicos oficiales.

La administración española, u organismos de ésta, son los que expiden todos los títulos con validez oficial. Existe un registro nacional en el que están registrados todos los títulos y como todos tenemos un bonito número de DNI, cabe realizar búsquedas rápidas y seguras.

¿Qué hace la administración? Pues pedirnos una y otra vez fotocopias de títulos que ella misma expide y fotocopias compulsadas. En una época que cualquier puede editar y alterar un papel desde casa, el sistema no es ni cómodo ni seguro.

Alguien podría argüir que comprobar esos datos en el registro de títulos podría vulnerar la protección de datos, pero la solución es muy sencilla. En la instancia en cuestión se puede autorizar a la administración instada a recabar esa información y si el ciudadano no lo hace, pues que se ponga a fotocopiar y compulsar.


Filed under: Celtiberia, Derecho Administrativo
Posted originally: 2011-02-11 09:00:10

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