Nomenclatura parlamentaria autonómica


Nomenclatura parlamentaria autonómica
Dentro de mi recorrido estival por la curiosidad política me he vuelto a detener en las cámaras representativas autonómicas y he querido repasar la denominación que cada Estatuto dio a ésta. Hay varios modelos que se repiten. La denominación con más éxito es la “parlamento”. Ésta denominó por primera vez una institución política en España con [...]


Dentro de mi recorrido estival por la curiosidad política me he vuelto a detener en las cámaras representativas autonómicas y he querido repasar la denominación que cada Estatuto dio a ésta. Hay varios modelos que se repiten.
La denominación con más éxito es la “parlamento”. Ésta denominó por primera vez una institución política en España con la autonomía catalana durante la II República. Cuando se estableció nuevamente la autonomía catalana, se recuperó la denominación que tuvo éxito, ya que ocho comunidades más le siguieron.
La segunda denominación con más autonomías seguidoras es la “asamblea”, con cinco, aunque hay que indicar que en dos de los casos la denominación fue elegida fuera de la autonomía. Las “asambleas” no son más asamblearias que los parlamentos, pero quizá alguien quiso recoger el espíritu francés de esta denominación en vez del más británido de “parlamento”.
La segunda denominación es la más tradicional en España para referirse a las cámaras representativas: “cortes”. No nos olvidemos que nuestro legislativo nacional se denomina constitucionalmente “Cortes Generales” y que siempre se ha mantenido esta forma tradicional. Recuperan la denominación de “cortes” para sus cámaras autonómicas algunas regiones que tuvieron cortes propias cuando fueron reinos como son Castilla y León y Castilla-La Mancha (ambas en “sucesión” de las Cortes Castellanas), Aragón y la Comunitat Valenciana. Navarra mantiene la doble denominación de “parlamento” y “cortes” para su cámara legislativa, aunque la más usual es la primera.
Finalmente hay una denominación de un solo caso: Junta General. Ésta la ha adoptado el Principado de Asturias para llamar así a su cámara legislativa.

Dentro de mi recorrido estival por la curiosidad política me he vuelto a detener en las cámaras representativas autonómicas y he querido repasar la denominación que cada Estatuto dio a ésta. Hay varios modelos que se repiten.

La denominación con más éxito es la “parlamento”. Ésta denominó por primera vez una institución política en España con la autonomía catalana durante la II República. Cuando se estableció nuevamente la autonomía catalana, se recuperó la denominación que tuvo éxito, ya que ocho comunidades más le siguieron.

La segunda denominación con más autonomías seguidoras es la “asamblea”, con cinco, aunque hay que indicar que en dos de los casos la denominación fue elegida fuera de la autonomía. Las “asambleas” no son más asamblearias que los parlamentos, pero quizá alguien quiso recoger el espíritu francés de esta denominación en vez del más británido de “parlamento”.

La segunda denominación es la más tradicional en España para referirse a las cámaras representativas: “cortes”. No nos olvidemos que nuestro legislativo nacional se denomina constitucionalmente “Cortes Generales” y que siempre se ha mantenido esta forma tradicional. Recuperan la denominación de “cortes” para sus cámaras autonómicas algunas regiones que tuvieron cortes propias cuando fueron reinos como son Castilla y León y Castilla-La Mancha (ambas en “sucesión” de las Cortes Castellanas), Aragón y la Comunitat Valenciana. Navarra mantiene la doble denominación de “parlamento” y “cortes” para su cámara legislativa, aunque la más usual es la primera.

Finalmente hay una denominación de un solo caso: Junta General. Ésta la ha adoptado el Principado de Asturias para llamar así a su cámara legislativa.

Denominaciones parlamentos

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Posted originally: 2009-08-01 14:08:04

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