La mujer podrá evitar su ingreso en prisión gracias a que el tribunal ha considerado como atenuante la demora en la imposición de justicia en un caso que se remonta a 2012. Eso sí, deberá devolver el dinero sustraído con intereses, pagar una multa y abonar las costas procesales
Ya hay sentencia para uno de los casos penales más mediáticos del presente siglo en Ceuta. El desfalco a la notaría de la ciudad, que echó a faltar entre 2006 y 2012 al menos 292.000 euros. La acusada, B.G.U., recepcionista del negocio desde 1994 hasta que se descubrió el pastel, ha sido condenada a dos años de prisión como responsable de un delito continuado de apropiación indebida, al entender el tribunal que concurre como atenuante la dilación en la impartición de justicia, que viene a ser un no cumplimiento de los plazos procesales. De esta forma la mujer podrá evitar la entrada en prisión, pero deberá reintegrar el dinero sustraído con intereses, pagar una multa de 2.520 euros y abonar las costas procesales.
En la resolución de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz desplazada en Ceuta se da como probado que la mujer, que se encargaba de realizar la contabilidad de la empresa, cobrando servicios en efectivo y a través de cheques, trampeó el programa informático en el que se registraban las facturas. Lo hizo enviando 295 recibos que sí habían sido abonados a una carpeta denominada 'especiales' cuya existencia desconocían el resto de trabajadores.
Esta, según explicó durante el juicio el responsable de la aplicación informática, estaba ideada para clasificar ahí pagos que se habían decidido condonar, pero por los que sí se abonaba el IPSI. Esto evitaba además que se detectara la apropiación indebida por impagos de impuestos.
Mientras tanto, y al menos desde el uno de enero de 2006 hasta el 19 de enero de 2012 -cuando se detectó la ausencia de un recibo de los tres correlativos que había pagado la empresa Al-Andalus- B.G.U. se apoderó del dinero en efectivo con el que los clientes costeaban los servicios de la notaría, haciendo también cuadratura con pagos mediante cheques.
Para el tribunal, la mujer no ha sido capaz de construir durante su intervención en la sala una versión mínimamente veraz que la exculpe de lo ocurrido. Por contra, los testimonios de los notarios y de sus propios compañeros la señalaban a ella como única posible responsable. También valora la Audiencia que la ahora condenada no recurrió la sentencia en la que se daba por procedente su despido y ve en su nivel de vida -con frecuentes viajes o la compra de un estanco- otro indicio de la comisión del delito continuado de apropiación indebida.
Aunque la acusación -fiscal y abogados- pedían para ella penas superiores a los tres años de prisión, el tribunal ha entendido que concurría el atenuante de dilación procesal, al haberse alargado la impartición de justicia desde 2012. De esta forma únicamente se le ha impuesto una pena de dos años de prisión, pero deberá abonar los 292.000 euros desfalcados -la mayoría a la aseguradora y la parte de la franquicia a los notarios- con intereses, además de una multa de 2.520 euros y las costas procesales. Esto supone que la parte económica que solicitaba el letrado de la empresa, Lorenzo Linares, ha sido aceptada íntegramente por los magistrados.



