SENTENCIA

Don Alberto, condenado a 18 años y 6 meses de prisión por 3 delitos de pornografía infantil y 1 de abusos

Don Alberto, condenado a 18 años y 6 meses de prisión por 3 delitos de pornografía infantil y 1 de abusos
Don Alberto, el ex profesor de Agusinos acusado de seis delitos sexuales contra menores, durante su declaración
Don Alberto, el ex profesor de Agusinos acusado de seis delitos sexuales contra menores, durante su declaración./archivo
La sentencia considera como hechos probados la práctica totalidad de los comportamientos que se fueron describiendo durante la vista oral y le inhabilita durante 23 años y medio a llevar a cabo cualquier oficio, remunerado o no, que requiera contacto con menores. Lea la sentencia íntegra.

La Audiencia Provincial de Ceuta ha dictado ya sentencia (léala aquí integra en pdf) en el caso del profesor de los Agustinos, don Alberto, acusado de varios delitos por aprovecharse sexualmente de los menores que tenía bajo su enseñanza. En total son 18 años y 6 meses de prisión por tres delitos de pornografía infantil y uno de abusos sexuales sobre menores. Todos ellos atenuados por dilación indebida. Pero además, una vez salga de prisión tendrá una pena de libertad vigilada durante 10 años y no podrá ejercer ningún oficio que requiera contacto con menores, sea o no retribuido, por un tiempo de 23 años y medios.

En concreto al ex profesor la Audiencia le condena a 5 años por un delito de abusos sexuales a menores de 16 años. Otros 7 años de prisión por un delito de elaboración de pornografía infantil, utilizando a menores de 16 años. 6 años por un delito de elaboración de pornografía infantil utilizando a menores de edad. Y 6 meses por un delito de tenencia de pornografía infantil.

Lo absuelve del delito de corrupción de menores y de inducción a la prostitución.

La sentencia considera como hechos probados que el ex profesor “se aprovechó de su condición de profesor en el colegio y de la comunicación diaria y familiar con sus alumnos, siendo en algunos casos incluso amigo de sus padres, para, al menos desde 2003, tener acceso a los números de teléfono de menores de edad y lograr, con ánimo libidinoso, una relación y trato que excedía el amistoso y llegaba al ámbito sentimental y sexual, con mensajes que incluyen expresiones como 'te amo'; 'mi amor'; 'me voy a poner celoso'; 'un tanga sexy'; 'foto sexy'; 'estás enamorado de mí?', 'no disfruté a gusto', 'cuando te tuve en calzoncillos; 'tengo mono de ti'... entre otros muchos”.

Según esos hechos probados que constan ya en la sentencia, Alberto “se ganaba la confianza de cada menor además de su trato continuo a través del Centro Educativo y la Cofradía vinculada al mismo, embaucándoles mediante regalos e invitaciones a comer, tanto en el domicilio del acusado como en restaurantes, así como otros privilegios y favores escolares. Una vez ganada la confianza de los menores, les solicitaba que le remitieran a través del terminal móvil fotografías de naturaleza sexual, logrando su objetivo al enviarle los menores, imágenes con el torso desnudo o en calzoncillos, llegando a obtener fotos de menores totalmente desnudos, en las que se les veía la zona genital. Del mismo modo, ganada la confianza del menor de la forma antes descrita, les obsequiaba con ropa interior y bañadores tipo turbo, consiguiendo que los adolescentes se desnudaran ante él y se probaran dicha ropa en el domicilio de Alberto, logrando captar las imágenes con fines libidinosos conservando así fotografías y vídeos en los que se les ve el culo y la zona genital. Igualmente, con la finalidad de tener contacto con los menores y con ánimo lascivo, les hacía masajes con la excusa de ser su profesor de educación física y los recibía de éstos. Con ánimo lujurioso, aprovechando que regalaba a los menores bañadores turbo se ofrecía a depilarles, incluyendo la zona genital, accediendo algunos de ellos, todo dentro de un ámbito anormal intimidad que se refleja en las conversaciones mantenidas con los menores a través de la aplicación WhatasApp de sus terminales móviles”.

Y no sólo eso, la sentencia también da por probado que aprovechó su condición de profesor para sacarlos del aula y llevarlos a otras zonas del colegio donde, de nuevo “con ánimo libidinoso, les hacía fotografías con el torso al descubierto o realizando estriptis”. Tampoco considera bueno, pero sí probado la sentencia su acceso a los vestuarios en ese contexto, donde “aprovechaba para observarlos desnudos, así como para hacerles fotografías sin camiseta o en ropa interior”.

Y una vez abandonada su maestría, también considera probado la sentencia que don Alberto continuó el contacto con algunos de su alumnos que “continuaron mandándole fotografías desnudos y vídeos masturbándose, en determinadas ocasiones a cambio de una remuneración económica, habiendo normalizado ya la conducta referida de obtener beneficios crematísticos derivados de comportamientos sexuales al realizarlas desde la minoría de edad”.

Don Alberto, condenado a 18 años y 6 meses de prisión por 3 delitos de pornografía infantil y 1 de abusos


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad