SENTENCIA

El TSJA reduce de 20 a 17 años una condena por asesinato y tenencia de armas

El TSJA reduce de 20 a 17 años una condena por asesinato y tenencia de armas
justicia audiencia provincial
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El TSJA desestima atenuantes como el trastorno mental, la adicción a las drogas o al alcohol, pero sí aprecia la confesión del acusado, aunque niegue alevosía, y admite las dilaciones indebidas, que han hecho que esta vista tenga lugar cuando el encausado lleva ya cuatro años en prisión. 


La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido sentencia por la que se estima parcialmente el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado contra la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, que lo condenó por delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular. 

La condena inicialmente contemplaba le consideraba autor de un delito de asesinato de un conocido tras una aparente discusión, con una de veinte años de prisión, y asimismo autor de un delito de tenencia ilícita de armas a la pena principal de un año y seis meses de prisión.  Ahora, el TSJA estima que los hechos y ala presunta alevosía no resultaron en absoluto probados en el juicio oral, pues responden a una traslación de los escritos de calificación de las acusaciones que se basaban en una declaración sumarial de un testigo protegido, que no llegó a practicarse en el juicio por falta de comparecencia del testigo. La sentencia da ahora la razón en parte a la defensa y estima que los hechos provienen de la información suministrada por el testigo protegido, que no llegó a constituir prueba y no debieron incluirse en el objeto del veredicto, ni en el relato de hechos probados. 

El TSJA reduce de 20 a 17 años una condena por asesinato y tenencia de armas


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