EN 2017

El TSJA rebaja la pena a un vecino ceutí que acuchilló a su mujer en el rostro delante de sus hijas

El TSJA rebaja la pena a un vecino ceutí que acuchilló a su mujer en el rostro delante de sus hijas
audiencia justicia juzgado
Juzgados / Imagen de archivo
La Sección de Apelación Penal del referido tribunal ha admitido el recurso presentado por la defensa del agresor al entender que este no cometió los hechos por razones de género

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dado validez al recurso presentado por un vecino ceutí que fue condenado a cinco años de cárcel por agredir con un arma blanca a la que era su esposa y madre de sus hijas.

La admisión del referido recurso ha resultado en una rebaja de tres meses, a aplicar sobre la pena anteriormente referida. En el auto, el magistrado encargado de instruir la causa alega que el agravante de género fue "indebidamente aplicado" en la primera vista.

La agresión juzgada se remonta al año 2017. Ambos implicados -marido y mujer- protagonizaron una fuerte discusión familiar en su propio domicilio luego de que la víctima hiciese saber a su excónyuge que tenía intención de presentar una demanda de divorcio contra el mismo. La enajenación de este último fue tal que acabó hiriendo a su entonces esposa en el pómulo valiéndose de un cuchillo de cocina; todo ello, para más inri, delante de sus niñas.

Según se detalla en la nueva sentencia, "los hechos descritos en las calificaciones formalizadas por el Ministerio Fiscal y la acusación particular no contienen descripción alguna en torno a las bases fácticas que han de formar el contorno de la circunstancia agravante que se cuestiona, consistente en cometer el hecho por motivos de discriminación por razón de género". Dicha circunstancia queda, por tanto, descartada como "móvil de la agresión perpetrada".

El TSJA rebaja la pena a un vecino ceutí que acuchilló a su mujer en el rostro delante de sus hijas


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