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Garzón recurre la negativa a practicar pruebas del TS en el 'caso de los cobros'

Sostiene que el instructor ha eliminado "de un plumazo" el derecho de defensa

La defensa de Baltasar Garzón ha recurrido la negativa del Tribunal Supremo a practicar las pruebas que solicitó para demostrar que el juez no incurrió en ilegalidad alguna por los cobros durante su estancia en Nueva York. En su recurso de apelación, los abogados de Garzón insisten en solicitar que la Universidad de Nueva York facilite por comisión rogatoria las nóminas percibidas por el juez y que se tome declaración, por el mismo conducto, a cuatro responsables del centro educativo.



El TS se inclina por archivar la querella del PP contra Chaves

El Tribunal Supremo se inclina por archivar la querella presentada por el Partido Popular el pasado verano contra el vicepresidente tercero del Gobierno, Manuel Chaves. El primer partido de la oposición le atribuye los delitos de prevaricación y tráfico de influencias por haber ratificado, siendo presidente de la Junta de Andalucía, la concesión de una subvención de diez millones de euros a la empresa Minas de Aguas Teñidas (Matsa), de la que su hija es apoderada. Si bien las deliberaciones del Tribunal sobre este asunto no han concluido, fuentes del Supremo indican que los cinco magistrados...

La declaración de Garzón «resucita» a las dos Españas a las puertas del TS

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón defendió hoy durante casi dos horas y media su competencia para investigar las fosas del franquismo ante el instructor del Tribunal Supremo Luciano Varela, que instruye la querella interpuesta por el sindicato Manos Limpias y la asociación Libertad e Identidad en la que se le acusa de un delito de prevaricación en relación con la causa abierta por este magistrado por las desapariciones tras la Guerra Civil Española. Según fuentes de la acusación, Garzón negó firmemente haber incurrido en prevaricación alguna y se negó a contestar a la batería ...

El TS ordena la disolución de los grupos municipales de ANV (Texto íntegro de las resoluciones)

La Sala el artículo 61 del Tribunal Supremo -competente en los procesos de ilegalización del PCTV y ANV-, ha acordado la disolución de los grupos municipales de Acción Nacionalista Vasca (ANV) en los  ayuntamientos que aún contaban con esta formación, así como el grupo   de este partido en las Juntas Generales de Alava, en ejecución de la sentencia que ilegalizó la citada formación política en septiembre de 2008.    
   El auto acuerda dirigir un mandamiento al presidente de las Juntas Generales de Alava y a los alcaldes de los distintos ayuntamientos afectados "para que, en su caso, cesen en el abono de toda cantidad que vinieran percibiendo dichos grupos".    
   Reconoce el auto que de los 125 ayuntamientos que contaban con grupo de ANV a finales del pasado año, y tras la disolución de los mismos acordada por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón -enmarcada en su investigación penal al respecto-, sólo quedaban unos cuantos consistorios con grupo municipal propio de la formación   ilegalizada.   
    Respecto del grupo del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) en el Parlamento de Vitoria (ezker abertalea), la pretensión en el mismo sentido se declara "carente de objeto" pues dicho grupo ya no existe desde que quedó disuelto el propio Parlamento Vasco el   pasado 9 de enero.   


CONSECUENCIAS DE LA DECISIÓN.   
   No obstante, se consigue que el dinero al que el citado grupo parlamentario tenían derecho a percibir vía subvenciones no les sea  entregado y será el actual Parlamento Vasco el que decida el fin al  que se destinan dichas cantidades, sin que en ningún caso puedan directa o indirectamente financiar al PCTV, según señalaron fuentes jurídicas.   
   Respecto a ANV, este auto determinará que todos los concejales electos por ANV vean disueltos sus grupos municipales -allá donde   existan-, que dejen de entregarse cantidades en cualquier concepto a   dichos grupos y que los concejales de la formación ilegalizada pasen a ser miembros no adscritos en sus respectivas corporaciones.   
   Ambas resoluciones fueron notificadas hoy, pero tienen fecha de 16 de julio, que es cuando se reunió la citada Sala del 61 para   deliberar sobre esta cuestión, que se encontraba pendiente desde el   pasado mes de diciembre.   
   Fue en diciembre cuando la Sala especial dio por iniciado el trámite de ejecución de las sentencias de ilegalización de PCTV y ANV -dictadas en cumplimiento de la Ley de Partidos Políticos- y dio un   plazo a los ayuntamientos a las juntas de Alava para que alegaran lo   que consideraran oportuno respecto a la petición de disolución formulada por la Fiscalía y por la Abogacía General del Estado.   
   Ambos autos rechazan todos los argumentos esgrimidos por los grupos electos afectados por la ilegalización, en coincidencia con los informes emitidos al respecto por la Abogacía y por la Fiscalía.   
   Afirma la Sala del 61 que "es innegable (...) que en el terreno de la sociología política, los grupos parlamentarios son una genuina   emanación del los partidos políticos" y que esta conexión está   reconocida en la propia Ley de Partidos.   
   "Si la actuación de los grupos políticos formados por un partido político puede ser determinante de su ilegalización, parece natural   consecuencia de la disolución judicial del partido político la   disolución de los grupos que se hayan constituido como emanación del   mismo", añade la resolución.   
   Los argumentos del Supremo reiteran los contenidos en el auto dictado por esta misma Sala en mayo de 2003 por el que se acordó la disolución del grupo parlamentario formado en el Parlamento Vasco por los parlamentarios pertenecientes a la también ilegalizada Batasuna.   


SITUACIÓN EN LOS AYUNTAMIENTOS.   
   El requerimiento que se realizó en diciembre por el Tribunal   Supremo se realizó a 125 ayuntamientos que contaban con grupo municipal de ANV, si bien el resultado de las notificaciones   efectuadas o intentadas a los portavoces de estos grupos municipales   ha puesto de manifiesto que sólo en algunos municipios existe en la   actualidad tal grupos.   
   En algunos casos, el grupo municipal de ANV se disolvió como   consecuencia de la orden de suspensión del Juez Central de Instrucción número 5, y sus integrantes pasaron a incorporarse a un   grupo mixto.    
   En otros, según reconoce el auto, los candidatos presentados por   ANV están actuando sin incorporarse a ningún grupo, "sin que pueda   determinarse si eso ocurre desde la constitución del ayuntamiento o   desde la suspensión de ANV" acordada por Garzón.    
 

El PP acoge con alivio la «buena noticia» de la citación de Bárcenas y Merino en el TS

En esta ocasión no se produjo ninguna filtración, algo que por sí mismo ya es noticia en el «caso Gürtel». El magistrado del Tribunal Supremo Francisco Monterde ha citado a declarar en calidad de imputados provisionales al tesorero del PP y senador, Luis Bárcenas, y al diputado de este mismo partido Jesús Merino, los próximos días 22 y 23 de julio, respectivamente. La primera reacción en el principal partido de la oposición fue de alivio, ya que en la sede de la calle de Génova creen que por fin se terminará la indefensión a la que han estado sometidos tanto Bárcenas como Merino, y por extens...

El TS retira la responsabilidad de la Ciudad en el caso del asesinato de una educadora en Zamora

El Tribunal Supremo ha retirado la responsabilidad subsidiaria de la Ciudad Autónoma y Mensajeros de la Paz en el caso del asesinato de una educadora en Zamora. El Tribunal ha confirmado la condena de 45 años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Zamora a Abdelhuajed Fatdar Nali, por asesinar en abril de 2003 de una educadora social y acuchillar en el cuello a un taxista para robarle un vehículo con el que huir de la ciudad castellana.

El TS decidirá en unos días si exime a la Ciudad en el asesinato de una educadora en Zamora

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) emitirá en los próximos días la resolución sobre los recursos presentados por el Gobierno de Ceuta y la Organización Mensajeros de la Paz contra la sentencia que condenó a 45 años de cárcel a A. F. N. por el asesinato de la educadora social de la oenegé y por acuchillar en el cuello a un taxista para robarle el coche. La Ciudad Autónoma de Ceuta y la organización no gubernamental fueron declaradas por la Audiencia Provincial de Zamora responsables civiles subsidiarias del pago la indemnización de 111.000 de euros a la familia de la joven monitora.

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