FALLO

Absuelto in voce el acusado de abusos a menores en el Ramón y Cajal

Absuelto in voce el acusado de abusos a menores en el Ramón y Cajal
El acusado observa una de las pruebas documentales durante la vista
El acusado observa una prueba documental durante la vista del juicio.
Ha prevalecido el principio de "In dubio pro reo", que exige la necesidad de tener certeza de la culpabilidad de un acusado para su condena

El juicio al acusado de supuestos abusos a menores en el Colegio Ramón y Cajal ha concluido esta tarde de miércoles con la absolución 'in voce' de incriminado. Tan solo unos segundos han bastado a la Sala para anunciar su veredicto para sorpresa de propios y extraños, incluida la del propio acusado que aún no había llegado a sentarse de nuevo en la silla junto a su abogado desde la que ha seguido todo el proceso. 

La decisión se ha tomado ante la falta de contundencia en las pruebas y haciendo prevalecer las garantías del sistema judicial. Ha prevalecido el principio de "In dubio pro reo", que exige la necesidad de tener certeza de la culpabilidad de un acusado para su condena. Lo advertía la defensa, que puso en duda la verosimilitud del testimonio de la abuela, que pudo contaminar el relato desde su inicio, y la falta de peso como prueba de cargo de la declaración de la única niña que llegó a testificar en la instrucción.

La propia Fiscalía ha anunciado que no recurrirá la absolución. Ya el Ministerio Fiscal había admitido en su informe final que la única prueba incriminatoria contra el acusado era la declaración de la niña grabada por la policía e interrogada por un equipo de psicólogos. Una prueba con enjundia y contundencia, subrayaba la Fiscalía, pero que ha resultado insuficiente para condenar al acusado. La acusación particular se ha reservado la posibilidad de recurrir la decisión del Tribunal de la Audiencia y estudiará si da el paso o no.

La Fiscalía pedía 15 años de cárcel, petición de condena a la que se adhirió la acusación particular. Las costas del juicio, según el fallo, quedan de oficio y quedan anuladas todas las medidas cautelares.

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