- martes 30 abril 2024
EUROPA PRESS
La Generalitat de Catalunya ha iniciado los trámites de información pública sobre el Decreto de declaración del nuevo Parque Natural de la Serra de Collserola, que durará 45 días, lo que supone la puesta en marcha de uno de los trámites finales para lograr que la nueva normativa de protección esté lista durante el primer semestre de 2010, informa la Consellería de Medio Ambiente.
La propuesta de Decreto pretende ampliar el espacio del parque (actualmente regido por un Plan Especial de Interés Natural (Pein) en cerca de 700 hectáreas, además de mejorar la protección del patrimonio natural. La declaración de Parque Natural supone una mejor conservación.
La Serra de Collserola es la frontera natural de Barcelona en su extremo norte, y con su vegetación mediterránea y cerca de 190 especies de vertebrados en la zona, que se extiende entre los ríos Besòs y Llobregat, está considerado como el pulmón más importante de la ciudad. Su punto más alto es el Tibidabo, con 512 metros sobre el nivel del mar.
Además, el futuro parque extiende sus dominios hasta nueve municipios del área metropolitana, que con la nueva regulación verán limitadas sus posibilidades urbanísticas en la zona: Sant Cugat del Vallès (1.865 hectáreas), Barcelona (1.637), Cerdanyola del Vallès (1.390), Molins de Rei (949), Sant Feliu de Llobregat, El Papiol, Sant Just Desvern, Montcada i Reixac y Esplugues de Llobregat.
El Decreto, sometido por el momento a información pública, modifica los límites en 21 sectores para mejorar la conectividad de los espacios naturales y su funcionalidad ecológica, mediante la ampliación desde las 7.515 hectáreas actuales hasta las 8.262.
Dentro del futuro parque destacarán dos sectores con "valores naturales excepcionales", según la Conselleria, como son la Font Groga (112 hectáreas), por la presencia de robles "de gran valor", y la Rierada-Can Balasc (379), por contar con un bosque de ribera propio de la sierra litoral catalana.
El Decreto prevé también la creación de espacios de regulación especial (ERE), por tener una mayor vinculación con la trama urbana (ya sea por la presencia de edificaciones o por enlazar con espacios verdes) que, en cualquier caso, estarán sujetos a lo que determine la nueva normativa y por tanto no contarán con una salvaguarda para construir más.
La Conselleria de Educación deberá indemnizar con 3.987 euros a los padres de una niña de 13 años que vivió una situación de reiteradas amenazas y acoso psicológico en varios centros educativos, lo que le causó un estrés postraumático con el consiguiente daño moral que debe ser indemnizado.
Así lo propone un dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC), que aprecia que en este caso existe responsabilidad patrimonial de la Administración educativa y unos daños que la menor de edad no tiene el deber jurídico de soportar.
Los hechos se remontan al curso 2004-2005, cuando una alumna de un IES de Almoradí (Alicante) sufrió acoso escolar por parte de algunas compañeras, ante lo que su madre expuso a la dirección del centro ese proceso, que se había iniciado unos tres años antes y que se había ido agudizando hasta llegar a una situación "insoportable, por el continuo maltrato del que era objeto y que repercutía en su rendimiento escolar".
El director del instituto habló entonces con el jefe de estudios, con el tutor, con los profesores de la alumna y con los padres de las alumnas implicadas, tras lo que propuso hacer cambios de clase para el curso siguiente con el fin de que no coincidieran en el mismo grupo, pues a su juicio se trataba más de "posible rechazo" que de acoso.
Dicha situación llevó a que los padres solicitaran un cambio de centro escolar, y trasladaron a su hija a otro IES para el curso 2005-2006, donde en noviembre de 2005 ésta comunicó al director que tres alumnas la habían insultado y amenazado en los pasillos del centro, y en diciembre sufrió amenazas en los pasillos por tres alumnas del centro y por otra que no pertenecía a él.
En enero de 2006 sufrió nuevas amenazas en los pasillos por dos alumnas, una del centro y otra que no lo era, y de todas ellas formularon denuncia ante la Guardia Civil.
En la denuncia de noviembre, se expone que también pusieron en conocimiento del Inspector de Educación de Alicante lo que estaba ocurriendo, quien les dijo que había hablado con el director y "al parecer no había para tanto, y que aquellas chicas eran buenas".
El órgano consultivo de la Generalitat que vela por el cumplimiento del ordenamiento jurídico en la Comunitat considera que, de lo expuesto, se desprende que la alumna sufrió amenazas por parte de determinadas alumnas, primero en un instituto y posteriormente en otro, lo que los padres comunicaron a los directores.
Asimismo, opina que los responsables de los centros educativos adoptaron medidas correctoras, si bien "no se le dio a los incidentes la importancia que según los declarantes realmente tenían, pues en ningún momento se estimó existente un supuesto de posible acoso escolar".
Por ello, CJC considera que existió una situación de reiteradas amenazas y acoso psicológico a la alumna en el marco del servicio educativo público, que no fue advertido como tal por el profesorado y la Administración educativa.
Además, resalta el hecho de que en ese acoso interviniera una menor que no pertenecía al centro educativo, lo que evidencia "una insuficiencia de control" en el acceso al recinto educativo.
Los daños sufridos por la hija de los reclamantes tuvieron origen en la convivencia escolar, señala el CJC, y aunque inicialmente se desplegó una actividad encaminada a evitar los hechos dañosos, ésta no obtuvo el éxito deseable.
Los reclamantes pedían una indemnización de 63.421 euros, si bien el CJC considera, basándose en un informe de la Comisión de valoración del daño corporal, que la indemnización por los daños debe ser de 2.432 euros, a lo que cabe sumar 1.555 en concepto de gastos de tratamiento psicológico y psiquiátrico.