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El quinto talento que va de la Penya al Barça

ACB

Ricky se convertiría en el quinto jugador que se marcha de la Penya a la filas de su eterno rival. Andrés Jiménez protagonizó el primer caso de talento forjado en la cantera verdinegra que acabó viviendo sus mayores éxitos con el Barça, donde llegó en 1986. José Antonio Montero, tras nueve años en la Penya, fichó por el club azulgrana en 1990 tras acabar contrato. Ferran Martínez se fue del Barça a la Penya en 1990 y regresó en 1994. A Rafa Jofresa tampoco lo renovaron y se fue al Barça en 1996. El último caso fue el de Lubos Barton, la pasada campaña

Un hombre de 45 años en Alicante, quinto muerto por gripe A en España

El hombre de 45 años fallecido el pasado lunes en Teulada (Alicante) era de nacionalidad argelina y sufría hipertiroidismo y problemas renales graves, y presentó en la necropsia un "proceso de neumonía bilateral por gripe A". Así lo ha asegurado esta tarde el conseller de Sanidad, Manuel Cervera, quien en rueda de prensa ha informado sobre esta muerte, ocurrida cuando el paciente iba a ser trasladado en ambulancia desde el centro de salud de Teulada al Hospital de Dénia. El fallecido, que vivía solo en Teulada, recibía tratamiento de diálisis desde 1993, que suspendió durante algún tiempo al...

Luz verde para el quinto modelo de financiación del Estado autonómico

El nuevo modelo de financiación autonómica, el quinto que acuerdan las comunidades autónomas desde 1986, ha recibido hoy luz verde en el Consejo de Política Fiscal y Financiera.
    Desde que se configuró el mapa autonómico, la financiación de las comunidades sometidas al régimen general -todas, salvo el País Vasco y Navarra acogidas al foral- han estado reguladas por sucesivos sistemas que, con más o menos suerte, han intentado cubrir las necesidades financieras de las autonomías.
    Aunque en el primer modelo dominaron las transferencias directas del Estado a las comunidades, la paulatina asunción de competencias y de capacidad normativa y fiscal permitió a las autonomías adoptar sistemas donde cada vez había más financiación obtenida de impuestos cedidos y propios.
    El primer modelo de financiación se acordó en 1986 para el quinquenio 1987-1991, tras duras negociaciones y un período transitorio que se inició con la aprobación de los Estatutos de autonomía.
    A partir de ahí se aprobaron sucesivamente otros tres sistemas que se desarrollaron en las siguientes etapas: 1992-1996, 1997-2001, 2002-2009, al que se suma el de hoy.
    En el quinquenio 1992-1996, el modelo de financiación, aprobado con el voto en contra de Canarias, fijó un Fondo de Compensación Interterritorial y acordó la cesión a las autonomías de un 15 por ciento IRPF de la cuota recaudada en cada comunidad.
    El Gobierno aportó como financiación no condicionada 107.378 millones de pesetas de 1990.
    El tercer modelo (1997-2002) se aprobó tras el pacto entre el PP y CiU y contó con el voto favorable de las diez comunidades gobernadas por el PP y de Canarias mientras que las gobernadas por los socialistas votaron en contra.
    El IRPF se dividía en un tramo general estatal y otro autonómico, inicialmente fue del 15 por ciento pero alcanzó el 30 para las comunidades que fueron asumiendo la Educación.
    La discrepancia fue tal que Andalucía, Castilla-La Mancha y Extremadura no aceptaron el modelo y se acogieron al anterior, lo que posteriormente originó una larga polémica por la liquidación.
    El cuarto modelo (2002-2009) dio un paso más y el Gobierno cedió el 33 por ciento del IRPF, el 35 por ciento del IVA, el 40 por ciento de los impuestos especiales de hidrocarburos, tabaco, alcoholes y cerveza y el cien por cien de los impuestos de electricidad y matriculaciones.
    El modelo vigente se aprobó por unanimidad en julio de 2001, después de seis meses de negociaciones, y entró en vigor el 1 de enero de 2002.
    Para su puesta en marcha se modificaron algunos artículos de la LOFCA (Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas), de la de Cesión de Tributos del Estado a las Comunidades Autónomas y la que regula el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI).
    Se actualizó la Ley General de Sanidad y el Texto Refundido de la Ley de Seguridad Social, para la integración de la sanidad entre los servicios públicos prestados por las comunidades y permitir la participación de Ceuta y Melilla.
    Fue dotado con 8,5 billones de pesetas y se fijó el año 1999 como base para la contabilidad y el censo de la población.
    La población ponderaba en un 94 por ciento, en un 4,2 la superficie, en un 1,2 la dispersión y en un 0,6 la insularidad.
    El Fondo de Suficiencia aprobado proporcionó partidas adicionales a aquellas autonomías en las que los gastos superasen a los ingresos.
    La ampliación de los tramos cedidos de los impuestos se sumaba a otros tributos ya traspasados como los de patrimonio, sucesiones y donaciones, transmisiones patrimoniales, actos jurídicos patrimoniales y la tasa sobre el juego.
    Todos forman parte de la financiación incondicionada, mientras que en la condicionada figuran los fondos de Asignación de nivelación para Educación y Sanidad, el de Cohesión destinado a Sanidad, el de Compensación Interterritorial y los que se deriven de convenios y contratos, o bien programas
    Invariablemente, los modelos de financiación han estado envueltos en largas negociaciones y discrepancias autonómicas y todos ellos han recibido, finalmente, el visto bueno del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF), un órgano creado en 1980 con el fin de coordinar la actividad financiera de las comunidades y de la Hacienda del Estado.

Medio Ambiente aprobará esta semana la declaración de impacto del quinto modulo de la desaladora

El  Ministerio de Medio Ambiente aprobará esta semana la Declaración de impacto ambiental del quinto módulo de la desaladora, según ha informado la Delegación del Gobierno. Esta requisito es el último trámite administrativo antes de iniciar las obras de este nuevo módulo, con una inversión de 22 millones de euros y que permitirá aumentar hasta 30.000 metros cúbicos diarios la producción de la planta.

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