La Ciudad abre un plazo de un mes para solicitar becas de 145 euros para alumnos de 3, 4 y 5 años

La Ciudad abre un plazo de un mes para solicitar becas de 145 euros para alumnos de 3, 4 y 5 años

- La Consejería de Educación concederá vales canjeables en las librerías de la ciudad a todos los solicitantes que no superen los niveles de renta familiar establecidos

- La presentación de las solicitudes debe hacerse de 9.00 a 14.00 en las oficinas de Registro General de la ciudad solicitando cita previa


La Consejería de Educación ha abierto un plazo de un mes a partir de este miércoles para la presentación de solicitudes, acompañadas de los documentos requeridos, para que la concesión de becas de 145 euros en vales canjeables a todos los estudiantes cuyas familias no superen determinados niveles de renta con el fin de sufragar los gastos derivados de la escolarización de alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil (3, 4, y 5 años) en el curso 2012/2013.

La convocatoria, publicada este martes en el BOCCE con un presupuesto máximo de 175.000 euros, establece las normas reguladoras de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para esos alumnos destinadas "a la cobertura de los gastos derivados de su escolarización, tanto en la adquisición de libros de texto y/o material didáctico complementario, como a los relativos a los uniformes de los centros docentes de la Ciudad, para realizar dichos estudios en el curso 2012/2013".

Podrán ser beneficiarios de becas aquellos alumnos cuyas familias residan en Ceuta "la totalidad de sus miembros" que asistan "de forma continuada" al centro y no hayan obtenido otra ayuda para la misma finalidad siempre y cuando no superen los siguientes niveles de ingresos en la unidad familiar:

A partir del octavo miembro se añadirán 3.282,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

Las solicitudes para participar en la convocatoria se ajustarán al modelo establecido al efecto, que se facilitará gratuitamente en los centros educativos y en la Oficinas de Registro e Información de la Ciudad. En el supuesto de unidad familiar con más de un miembro que reúnan los requisitos para ser beneficiarios de ayuda, los datos de ellos se recogerán en una única solicitud.

Las solicitudes deberán formularse por el padre, madre, tutor, representante legal del alumno, o, en el supuesto de que éste se halle bajo la dependencia de organismo, entidad o institución de la Ciudad, por su director.

La presentación de las solicitudes, una vez cumplimentadas por los interesados, y acompañada de la documentación preceptiva, deberá concretarse de 9.00 a 14.00 en las oficinas de Registro General de la ciudad, solicitando cita previa a través de la página web de la Ciudad o llamando al teléfono gratuito 900701062.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de una fotocopia del DNI, NIF "u otro documento oficial" que acredite la identidad del solicitante y de su cónyuge o persona "de análoga relación"; de otra fotocopia del libro de familia, del carné de familia numerosa o de documento similar donde figuren todos los miembros de la unidad familiar; de un certificado expedido por el centro educativo en el que se encuentran matriculados los alumnos; y del modelo de autorización, debidamente cumplimentado, para que la Consejería pueda recabar datos de Hacienda. Aquellos interesados que no estén obligados a realizar declaración de la renta deberán acreditar sus ingresos.

 

Vales canjeables

Las ayudas se materializarán en un vale que será entregado a los beneficiarios con arreglo a un calendario por determinar y que deberá ser canjeado por libros de texto y/o material didáctico complementario o por uniformes de los centros docentes de la Ciudad, para los estudios solicitados en cualquiera de las librerías o establecimientos comerciales que deseen participar en la misma y que indicará la mencionada Consejería.

El plazo máximo de retirada del vale será de un mes, contado a partir de la fecha de notificación de la resolución y deberá ser canjeado antes del 31 de diciembre.

Las librerías o establecimientos comerciales receptoras de los vales percibirán el importe total de los mismos previa remisión a la Consejería de Educación de la correspondiente factura, que deberá contemplar los requisitos formales exigibles a la misma, acompañada de los respectivos vales.

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