Javier Ángel Diez Nieto

De nuevo, la actualidad nos muestra los asaltos a las fronteras europeas, algo que los ceutíes sufrimos con la llegada de forma continuada de inmigrantes ilegales con harta frecuencia. Por ejemplo…hoy día 14 de abril, al parecer se ha impedido un nuevo asalto de unos 200 inmigrantes ilegales. Y seguro, que de nuevo surgirán otra vez colectivistas declaraciones populistas cercanas al boliviarismo, de las ONGs que, utilizando sus demagogias ramplonas, propias del barrio sésamo, se enfrentarán de nuevo a nuestros centinelas.

 Y también, como siempre, casi inmediatamente aparecerán manifestaciones de toda índole, propagadas por los innumerables medios de comunicación actuales, que les darán eco. Y serán muchos, los grupos que levantan su voz, exigiendo soluciones que pasan por la desaparición de los controles fronterizos. Esto es así, porque estos últimos grupos, consideran las fronteras como algo erróneo, dañoso, inútil..., y que en ocasiones han llegado incluso a tachar de racistas. Poniendo en cuestión dicha institución y, por tanto, ante sus ojos, la frontera, aparece como la verdadera culpable de una discriminación absoluta sobre la persona humana.

Es por tanto preciso y necesario, analizar lo que significa verdaderamente este invento humano, denominado “Frontera” y cuál es su finalidad.

Y con esta finalidad de aclaración, debemos analizar en primer lugar, la Declaración de Derechos Humanos de 1948, donde se estableció el reconocimiento de los mismos, ¡COMO UN IDEAL A CONSEGUIR POR TODA LA HUMANIDAD! ¡Nada más! Entre ellos, la Libertad de Circulación, se encuentra entre ellos. Así se proclama en el artículo 13.2, que recoge el derecho absoluto de toda persona a salir de cualquier país, incluso del propio y regresar. Derecho deambulatorio, que ha sido también ratificado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, en su artículo 12.2.

Es, por tanto, este derecho, un derecho absoluto de la persona, que debe ser alcanzado y respetado, por todos. Sin embargo, también se reconoce la posibilidad de su limitación, mediante los denominados derechos Instrumentales existentes en todos los Estados y establecidos necesariamente para la salvaguardia del Orden Público, de la Seguridad Pública y de la Salud Pública, en conclusión: “PARA EL MANTENIMIENTO DE UNA SEGURIDAD CIUDADANA, QUE GARANTICE LA PACÍFICA Y NORMAL CONVIVENCIA DE UNA DETERMINADA SOCIEDAD”.

Congruentemente con esto último, España, en su texto constitucional, proclama que todos los derechos y libertades del Título I, son aplicables a los extranjeros, y conforme a ello, este derecho se recoge en su artículo 13, apartados primero y segundo, pero limita los mismos en los expresamente excluidos en la misma Carta Magna, exclusión que debe ser siempre en los términos establecidos por las leyes reguladoras de cada uno de ellos. Esta exclusión, lejos de ser objeto de una indiscriminada discrecionalidad, debe ser siempre analizada cuidadosamente, ya que el artículo 10 del mismo texto, establece que estas personas gozarán de la protección de los acuerdos internacionales suscritos por España. Exclusión, que siempre debe tener carácter de excepción y, por tanto, su interpretación se realizara sin excepción alguna bajo el principio de interpretación restrictiva. Así la limitación de circulación de las personas puede ser legalmente limitada o impedida y, en el primer lugar donde esto sucede al ciudadano extranjero, es sin duda alguna en los limes geográficos del territorio nacional, es decir en: “Las Fronteras”.

Pero, a fin de cuentas… ¿Que son y para qué sirven? Pues, en principio, las fronteras, han permitido a los hombres consolidar sus determinados sistemas políticos y sociales actuales, evitando mientras se forjaban, injerencias extrañas al propio grupo social, que distorsionasen o en su caso impidiesen, ese lógico desarrollo social interno. Consecuentemente, las fronteras se crearon, con fines eminentemente defensivos, para evitar determinados conflictos, y por ello, cuando por diferentes causas, históricamente han desaparecido, los problemas no solo no se han suprimido, sino que, en la mayoría de los casos, se han agravado o cuanto menos han permanecido intactos.

Porque, la convivencia, sin más, no significa en absoluto vivir en sociedad, ya que este término exige una convicción de sometimiento a la vigencia de ciertas opiniones, valoraciones y derechos. La vida social es, por consiguiente, un elaborado producto, resultado del esfuerzo continuo en la historia del ser humano. Y para alcanzar la convivencia fue necesario que los diferentes grupos humanos de forma consciente y defensiva la desarrollasen mediante leyes, usos y costumbres propias, ya que no fue en principio algo natural la convivencia. Ello, obligaría a aceptar y asumir el lado social y colectivo de la vida humana, configuran la identidad nacional y este es el reto que actualmente se está realizando en la Unión Europea mediante un proyecto común.

Mas, en este proyecto común europeo, ha surgido un gran problema… la denominada “Inmigración Ilegal”. “Inmigración Ilegal”, que lleva en sí misma el error, que presenta verdaderas dificultades, afectando a todos tanto nacionales, como inmigrantes legales. Por ello…” EL CONTROL FRONTERIZO ES NECESARIO”, y bajo ningún concepto constituye discriminación de naturaleza racista, como los angelicales grupos buenitas, han llegado a acusar. Y sobre sus manifestaciones, siempre recuerdo a Calvino, que cuando quemaban sus libros en una hoguera respondía: “Quemar no es contestar”. Y, como siempre he dicho y repito… ¡SOLO LOS NECIOS ATACAN A SUS CENTINELAS!

Pero en fin…como dice un proverbio indio: “Enfréntate a los malos; enfréntate a los crueles; enfréntate a todos, menos a los tontos, son demasiados y siempre serás derrotado”. Así que … ¡Ante esta democracia testicular Sanchista/comunista, yo me rindo antes de empezar la lucha!